Contratación directa menor para servicio de colonia de vacaciones. Período: 02/01/2027 al 26/02/2027. Monto estimado: **** requiere inscripción en registro de proveedores, garantía de mantenimiento de oferta (5%), garantía de cumplimiento (10%). Pago según normativa vigente. Impugnaciones: 3 días hábiles. Lugar de prestación: radio de 15 km de Torre II, La Plata. Incluye traslado de colonos.
El servicio deberá prestarse entre el 02 de enero y el 26 de febrero de 2027, según el pliego: el servicio deberá prestarse por el período de tiempo comprendido entre el 02 de enero y el 26 de febrero de 2027.
El pago se efectuará conforme a las disposiciones del artículo 23 del anexo I del Decto 2019/59, según indica: el pago será efectuado conforme las disposiciones establecidas en los apartados 2, 3 y 4 del punto iii, del artículo 23 del anexo i del ****.
Se exigen garantías de mantenimiento de oferta (5% del valor total) y de cumplimiento de contrato (10% del valor de adjudicación), mediante seguro de caución: no será inferior al cinco por ciento 5 del valor total de la oferta y no podrá ser inferior al diez 10 por ciento del valor total de la adjudicación.
La preadjudicación se hará siguiendo el criterio de oferta más conveniente, considerando precio, calidad, idoneidad del oferente y costos asociados: la preadjudicación se hará siguiendo el criterio de oferta más conveniente.
Se requiere inscripción en el registro de proveedores y licitadores con credencial vigente en el rubro: es condición para la adjudicación que el proveedor acredite. . . que se encuentra inscripto en el mencionado registro en el rubro objeto de la presente contratación.
Las penalidades por incumplimiento se ajustan al artículo 24 de la ley ****: las penalidades a aplicarse por incumplimientos por parte del adjudicatario se ajustarán a lo dispuesto en el artículo 24 de la ley ****.
El dictamen de preadjudicación puede impugnarse dentro de los 3 días hábiles desde la notificación: a formular impugnaciones dentro del plazo de tres 3 días hábiles desde la notificación.
La falta de presentación de la garantía de mantenimiento de oferta o cotización no es subsanable: no será subsanable la omisión de presentar la cotización debidamente formulada y suscripta, la falta de presentación de la garantía de mantenimiento de oferta.
El monto estimado de la contratación asciende a ****: el monto estimado de la contratación asciende a la suma de pesos ciento catorce millones novecientos sesenta y cinco mil quinientos ****.