Procedimiento Abreviado 136/2026 para la adquisición de medicamentos psicofármacos desiertos y soluciones intravenosas. Entrega a pedido, plazo de entrega a pedido. Presentación de ofertas hasta el 03/11/2026 a las 11:00 hs. Se requiere presentación de muestras. Garantía de mantenimiento de oferta del 5% y de cumplimiento del 10%. Pago dentro de los 60 días hábiles. Impugnaciones con garantía del 3% o 5% según corresponda. Plazo de mantenimiento de oferta de 30 días.
El plazo de entrega es a pedido, según se indica en el pliego: forma de entrega: a pedido y plazo de entrega: a pedido.
El pago se realiza mediante pago electrónico a través de interdepósitos o transferencias bancarias en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, dentro de los 60 días hábiles de presentada la factura.
La garantía de mantenimiento de oferta es del cinco porciento 5 del valor total del monto cotizado y la de cumplimiento del contrato será igual o superior al diez porciento 10 del monto total adjudicado.
La adjudicación se realiza a favor de la oferta más conveniente, teniendo en cuenta para ello el precio, la calidad, la idoneidad del oferente, los costos asociados de uso y mantenimiento presentes y futuros y demás condiciones de la oferta.
Se requiere credencial del registro de proveedores de la provincia, vigente o constancia de inicio de trámite a la fecha de apertura y constancia de inscripción emitida por la administración federal de ingresos públicos afip vigente.
Por entrega fuera de término se aplica multa por mora del cero coma tres porciento 0, 3 del valor de lo satisfecho fuera de término, por cada día hábil de atraso.
Los oferentes deberán presentar muestras de los insumos cotizados, identificados con nro. de licitación, nombre y firma del oferente y fecha y hora de la apertura del acto.
Las impugnaciones a la preadjudicación se pueden formular dentro del plazo de tres 3 días desde la notificación, requiriendo garantía del 5% del monto de la oferta impugnada.
La falta de presentación de la garantía de mantenimiento de oferta y la omisión de presentar la cotización debidamente formulada y suscripta son causales de rechazo no subsanables.