Se licita el servicio de transporte para niños a obra de teatro. Las unidades deben ser tipo minibuses, trafic o colectivos habilitados. La apertura de ofertas es el 3 de julio de 2026 a las 09:30 hs. Se requiere garantía de oferta y se aceptan ofertas hasta la fecha y hora fijadas. Toda falsedad comprobada descalificará al postulante. Los oferentes deben denunciar domicilio legal en Tunuyán. Las ofertas se mantienen por 30 días. Se exige garantía de impugnación de **** detallan requisitos formales para la presentación de ofertas, incluyendo documentación de vehículos, seguros y habilitaciones. El control del servicio está a cargo de la Dirección de Educación. El adjudicatario es responsable del cumplimiento de normativas. Se requiere seguro total y de responsabilidad civil. Los vehículos serán inspeccionados. La facturación es a la finalización del servicio y el pago a los 30 días de la factura.
El contrato tendrá vigencia desde el día hábil siguiente a la fecha de notificación hasta el día que se determine la finalización del evento.
El pago será a los 30 días de la fecha de factura, debiendo adjuntarse la factura de pago del seguro correspondiente como requisito indispensable.
Se requiere una garantía de oferta equivalente al 1% del monto de la oferta mayor y una garantía de impugnación de ****.
Se requiere constancia de inicio de trámite de habilitación municipal en el rubro servicio de transporte de personas y libre de deuda municipal.
En caso de desafectar una unidad sin reemplazo, se aplicará una multa equivalente al monto que surja de la siguiente ecuación: valor del día de servicio que no prestó multiplicado por cuatro, por cada vez o día de incumplimiento del contrato, hasta un máximo de tres veces.
Los vehículos ofertados serán inspeccionados por personal que designe la Municipalidad de Tunuyán, reservándose el derecho a rechazar aquellas unidades que no se ajusten a las condiciones estipuladas.
Toda impugnación que se presente sin acompañar constancia de haber efectuado el depósito de ****, será rechazada in limine.
Toda falsedad comprobada descalificará al postulante, sin perjuicio de las sanciones que correspondan a la falta cometida.
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