Se licita servicio de soporte y mantenimiento para robot de backup Qualstar ****, reparación de tape drive y provisión de cintas de datos y limpieza por 12 meses. La modalidad es contratación directa. El pago se realizará a los 30 días corridos de la presentación de la factura, previa conformidad técnica y sujeta a previsiones presupuestarias. La moneda de cotización es dólares estadounidenses. Se requiere exclusividad del fabricante. El criterio de selección es la oferta más conveniente, considerando especificaciones técnicas, idoneidad y precio. La entrega de cintas es en sede Balcarce 358, CABA. El servicio de mantenimiento se presta en ARSAT Benavidez o ubicación similar. Se aplicarán penalidades por mora.
Renglón 1: dentro de los cuarenta y cinco 45 días de la emisión de la orden de compra, supeditado a la finalización de las reparaciones correspondientes al renglón n 2. Renglón 2: dentro de los cuarenta y cinco 45 días de la emisión de la orden de compra. Renglón 3: dentro de los noventa 90 días posteriores al de la emisión de la orden de compra. Los servicios de soporte y mantenimiento, correctivo y preventivo, serán prestados en el lugar de instalación del equipamiento, ubicado en ARSAT Benavidez. El lugar de entrega de las cintas será la sede Balcarce del INDEC, sita en Balcarce 358 CABA.
El pago se efectuará a partir de los treinta 30 días corridos de la fecha de presentación de la factura, previo informe técnico del área requirente respecto de la conformidad del servicio prestado, y sujeto a las previsiones presupuestarias vigentes a dicha fecha.
Cintas para datos: 1 año. Cintas de limpieza: 1 año.
El organismo seleccionará la oferta que considere más conveniente, teniendo como parámetro de evaluación el cumplimiento de las especificaciones técnicas, la idoneidad del oferente, el precio y la presentación de toda la documentación solicitada.
Los oferentes deberán presentar la documentación general requerida, incluyendo constancia de exclusividad y declaración jurada de intereses.
Cuando el adjudicatario no cumpliera con los plazos requeridos por el organismo, se aplicarán las penalidades consignadas en el apartado 2. , inciso a del artículo 29 del decreto n **** de fecha 13 de agosto de **** multa por mora en el cumplimiento de sus obligaciones, consistente en un 5% del valor de lo satisfecho fuera del término originario del contrato, por cada diez 10 días de atraso o fracción mayor de cinco 5 días.
La falta de cumplimiento de alguno de los requisitos detallados en el artículo 2 habilitará al organismo a desestimar la oferta.