El aviso trata sobre la adquisición de grupos generadores. La entrega se realizará en el almacén naval, sito en la calle 25 de mayo y río luján sn, san fernando, provincia de buenos aires. El plazo de entrega es de 90 días corridos. Se requiere garantía del material por 12 meses. Las consultas al pliego se aceptan hasta 5 días hábiles antes de la apertura.
El plazo de entrega será de noventa 90 días corridos, a contar a partir del día hábil siguiente alperfeccionamiento del documento contractual.
El pago se efectuará en moneda nacional, el cálculo del monto del desembolso se hará tomando en cuenta el tipo de cambio vendedor billete del banco de la nación argentina vigente al momento de la liberación de la orden de pago correspondiente al artículo 58 tercera parte del reglamento aprobado por el decreto n **** y modificatorios, dentro de los treinta 30 días corridos a contar a partir del día siguiente a la fecha de recepción en el departamento contabilidad, división liquidaciones de gastos, de la nota conforme lo indicado en el inciso c de la cláusula particular facturación, teniéndose en cuenta, a su vez lo establecido en los artículos 91 del reglamento aprobado por el decreto n **** y modificatorios y 57 del anexo i de la disposición onc n **** y sus modificatorias.
El adjudicatario, junto con los elementos entregados, deberá presentar por escrito la garantía que da el fabricante que un ningún caso será inferior de doce 12 meses, a contar a partir de la fecha de la conformidad de la recepción por parte de la prefectura naval argentina, contra toda falla del material, defecto de armado o vicio oculto no detectable a simple vista de los elementos e insumos objeto del presente acto licitario.
La evaluación y selección de las ofertas se efectuará a favor de las ofertas que hayan cumplido con la totalidad de las exigencias previstas en el pliego de bases y condiciones particulares y resulte la más conveniente para la institución, conforme lo establecido en el artículo 15 del decreto n **** y en el artículo 34 del anexo i de la disposición onc n **** y sus modificatorias.
En caso de corresponder serán de aplicación las previsiones expresadas en el artículo 29 del decreto n **** y sus modificatorios y complementarios, reglamentado por los artículos 102 a 110 del reglamento aprobado por el decreto n **** y modificatorios, concordante con el artículo 62 del anexo i de la disposición onc n **** y sus modificatorias.