Contratación directa para servicio de áreas protegidas y traslados de pacientes en ambulancia del Hospital El Sauce. Los oferentes deben estar inscriptos en compr. ar. Garantía de oferta del 1% del valor total. Ofertas por sistema electrónico. Vigencia del contrato por 3 meses con posible prórroga. Pago por traslados efectuados en el mes. Se requiere habilitación del Ministerio de Salud y Deporte, director médico con especialidad en urgencias y emergencias, y detalle de móviles y equipamiento. Apertura de ofertas el 01/10/2026 a las 10:00 hrs.
El servicio deberá efectuarse en el hospital El Sauce hacia otros efectores cada vez que sea requerido, por lo que deberá responder las 24 hs los 365 días del año. El plazo de entrega será una vez recibida la notificación de adjudicación y posterior emisión de documento contractual para la implementación del servicio.
Los pagos se realizarán de acuerdo al decreto ****, de acuerdo a disponibilidad financiera y cumplidos todos los requisitos formales. Solo se liquidarán los traslados realizados en el mes. Las facturas deben ser tipo B o C y presentarse con remitos firmados y certificación del servicio mensual.
Los oferentes constituirán una garantía de oferta mediante cualquiera de los instrumentos autorizados en el art. 148 del decreto no **** constituirá por el 1% del valor total de la oferta. La garantía física completa y firmada deberá ser escaneada y anexada a la oferta.
Se tendrá en cuenta al momento de la adjudicación el precio, calidad y documentación solicitada, reservándose el hospital el derecho a adjudicar en función del cumplimiento de las actividades sustantivas del nosocomio. La comisión evaluará la razonabilidad de los precios cotizados.
Los oferentes deberán acreditar la correspondiente habilitación del departamento de recurso físico del ministerio de salud y deporte, acompañando copia certificada de la misma. También deberán contar con un director médico con especialidad en urgencias y emergencias.
Si el adjudicatario incurriere en mora o incumplimiento, se aplicará una multa equivalente hasta tres días de facturación total por cada día de incumplimiento. En caso de demora en el traslado superior a 15 minutos se debitará el 50% del valor unitario, y si es superior a una hora se debitará el 100%.
Es insubsanable y dará lugar al rechazo de la oferta la cotización en moneda que no sea de curso legal en la república, la omisión de escanear y anexar la garantía de oferta debidamente constituida y firmada, y la no presentación del anexo ii y iv.