La Dirección Nacional de Vialidad convoca a una compulsa abreviada por monto para la contratación de servicios de fumigación en distritos, campamentos, subcampamentos y básculas. Las ofertas se presentarán electrónicamente a través del portal compr. ar hasta el 13 de abril de 2026. Las consultas al pliego deberán realizarse hasta el 10 de abril de 2026. Se requiere la presentación de un programa de integridad y la acreditación de no poseer sanciones laborales ni deudas fiscales. El contrato tendrá una duración de 12 meses.
La entrega de los bienes se deberá realizar dentro de los siete 7 días corridos desde la recepción de la orden de compra o perfeccionamiento del documento contractual, en el domicilio de la dirección nacional de vialidad, 8 distrito, sito en av. ortiz de ocampo ****, ****, la rioja.
Los pagos se efectuarán en pesos, independientemente de la moneda de cotización. En aquellos casos en que la cotización se hiciere en moneda extranjera y el pago en moneda nacional, deberá calcularse el monto del desembolso tomando en cuenta el tipo de cambio vendedor del banco de la nación argentina vigente al momento del día anterior al pago.
Los oferentes deberán constituir una garantía de mantenimiento de la oferta equivalente al cinco por ciento 5 del valor total de su oferta. La garantía de impugnación a la evaluación deberá ser del tres por ciento 3 del monto de la oferta del renglón o los renglones en cuyo favor se hubiere aconsejado adjudicar el contrato.
La adjudicación se realizará en favor de la oferta más conveniente, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones de la oferta. Cuando se trate de la compra de un bien o de la contratación de un servicio estandarizado o de uso común cuyas características técnicas puedan ser inequívocamente especificadas e identificadas, se entenderá, en principio, como oferta más conveniente, la de menor precio.
Para resultar adjudicatario del presente proceso, el oferente no deberá poseer sanciones laborales en el registro REPSAL y no deberá poseer deuda líquida y exigible o previsional ante la AFIP. Se exige como mínimo que, al momento de la evaluación de ofertas, se cuente con el estado inscripto en el SIPRO.
Serán de aplicación las dispuestas en la siguiente legislación vigente: decreto ****: artículo 12. facultades y obligaciones de la autoridad administrativa artículo 29. penalidades y sanciones. decreto ****: articulo 98. rescisión por culpa del proveedor título v penalidades y sanciones.
Los oferentes podrán impugnar el dictamen de evaluación dentro de los tres 3 días de su comunicación, previa integración de una garantía tres por ciento 3 del monto de la oferta del renglón o los renglones en cuyo favor se hubiere aconsejado adjudicar el contrato.