Se licita la adquisición de servicio de informes médicos a distancia para el Hospital Naval Buenos Aires. El contrato tendrá una duración de 12 meses. La visita al lugar de ejecución es obligatoria y la constancia de visita debe acompañar la oferta. No se aceptan ofertas alternativas ni variantes. La presentación de ofertas se realizará a través de la plataforma Comprar. gob. ar.
La prestación del servicio deberá comenzar en el plazo de sesenta (60) días hábiles, contado a partir de la fecha del perfeccionamiento del contrato.
Los pagos se canalizan por medio de la Cuenta Única del Tesoro (CUT). Los proveedores deberán estar dados de alta como beneficiarios de pagos del Estado Nacional en el Padrón Único de Entes del Sistema Integrado de Información Financiera (ESIDIF).
Se requiere garantía de mantenimiento de oferta (5% del monto total) y garantía de cumplimiento de contrato (10% del monto del contrato). La garantía de impugnación a la evaluación será del 3% del monto de la oferta.
Se adjudicará la oferta más conveniente para la Armada, teniendo en cuenta el precio, la calidad del servicio, la idoneidad comercial del oferente y el cumplimiento de las especificaciones técnicas.
Los oferentes deben ser personas humanas o jurídicas con capacidad para obligarse, estar inscriptas en Sipro (con datos actualizados al momento de la evaluación) y no estar incursas en causales de inhabilidad.
Se aplicarán las penalidades establecidas por los artículos 29, inciso a, puntos 1, 2 y 3 del decreto delegado N° 1. 023/01 y 102 del anexo al decreto N° 1. 030/16.
Resulta imprescindible que los oferentes visiten el lugar de ejecución de la prestación a fin de verificar y evaluar convenientemente el estado actual de los trabajos y las condiciones de trabajo. La constancia de visita deberá acompañarse con la oferta.
No es de aplicación la presentación de muestras.
El dictamen de evaluación de las ofertas podrá ser impugnado dentro de los tres (3) días hábiles administrativos subsiguientes al día de su notificación.
Las ofertas que no cumplan con las especificaciones técnicas, que no presenten la constancia de visita, o que incurran en causales de desestimación no subsanables serán desestimadas.