La presente licitación menor tiene por objeto la adquisición de parches de electrodos multifunción para equipo DEA del Teatro Presidente Alvear. El plazo de ejecución del contrato es de quince (15) días corridos a partir de la fecha de perfeccionamiento de la orden de compra. La entrega deberá efectuarse en el domicilio del teatro en un único acto. Las consultas al pliego deberán efectuarse a través de la plataforma BAC hasta 1 día previo a la fecha y hora fijada para la apertura de ofertas. La presentación de la oferta implica el pleno conocimiento y aceptación de las bases y condiciones. Los oferentes deberán estar inscriptos en el R. I. U. P. P. o haber iniciado el trámite. Las ofertas deberán contener la documentación requerida electrónicamente a través del sistema BAC. Las ofertas deberán cotizarse por la totalidad de las cantidades solicitadas. Las garantías, cuando correspondan, pueden constituirse de diversas formas. El falseamiento de datos dará lugar a la exclusión del oferente. El acto de apertura de ofertas se efectuará a través del BAC. Los oferentes deberán mantener sus ofertas por un período de veinte (20) días hábiles. La impugnación al pliego deberá ser acompañada con una garantía equivalente al tres por ciento (3%) del monto total estimado. La adjudicación se realizará a favor de la oferta más conveniente. La notificación de la orden de compra perfeccionará el contrato. El adjudicatario deberá ajustarse estrictamente a la documentación contractual. Todo el personal afectado a la ejecución estará bajo exclusivo cargo del adjudicatario. La información proporcionada es propiedad exclusiva del GCABA. El incumplimiento del término de las obligaciones del contrato dará lugar a penalidades y sanciones. El GCABA se reserva el derecho de aumentar o disminuir el total adjudicado hasta un veinte por ciento (20%). La fiscalización y control estarán a cargo del organismo contratante. El pago será efectuado de acuerdo a las disposiciones contenidas en el pliego único de bases y condiciones generales. El contrato no podrá ser cedido ni transferido. En caso de rescisión del contrato se aplicará una multa del diez por ciento (10%) del valor del contrato. La relación contractual quedará extinguida por diversas causales. En caso de que los oferentes no reúnan las condiciones, la contratación será declarada fracasada. Ante cualquier divergencia, ambas partes se someten a la competencia de los tribunales en lo contencioso, administrativo, tributario y de relaciones de consumo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. No será aplicable el régimen de redeterminación de precios.
El plazo de ejecución del contrato es de quince (15) días corridos, contados a partir de la fecha de perfeccionamiento de la orden de compra. Una vez perfeccionada la orden de compra, el adjudicatario deberá proveer los insumos correspondientes al renglón adjudicado dentro del plazo indicado precedentemente. La entrega deberá efectuarse en el domicilio del teatro presidente alvear, dependiente del complejo teatral de buenos aires, conforme lo indicado en el pliego de especificaciones técnicas, en un único acto y en perfectas condiciones de uso, asumiendo el adjudicatario a su exclusivo cargo el flete y demás costos asociados al traslado.
El pago será efectuado de acuerdo a las disposiciones contenidas en los artículos 26, 27, 28 y 29 del pliego único de bases y condiciones generales.
Las garantías, cuando corresponda su constitución conforme a la modalidad de contratación, al monto involucrado y a la normativa vigente, pueden constituirse de las siguientes formas, o combinaciones de ellas: a en efectivo, mediante depósito bancario en la cuenta de la jurisdicción o entidad contratante. b mediante cheque certificado contra una entidad bancaria. c mediante aval bancario u otra fianza a satisfacción del organismo contratante. d mediante seguro de caución a través de pólizas emitidas por compañías de seguros autorizadas por la superintendencia de seguros de la nación. e mediante títulos públicos emitidos por el gobierno de la ciudad autónoma de buenos aires. f afectación de créditos que el oferente o adjudicatario tenga liquidados, firmes y a disposición para su cobro en organismos de la administración del gobierno de la ciudad. La elección de la forma de garantía queda a opción del oferente o adjudicatario y deben ser constituidas a entera satisfacción del organismo licitante. Las garantías constituidas podrán ser sustituidas por otras de igual magnitud, a pedido del oferente o adjudicatario, previa aprobación por parte del organismo contratante o licitante. Importante: no resulta necesario presentar garantías de mantenimiento de oferta ni de cumplimiento de contrato cuando el monto de la oferta o del contrato no supere el límite de las cien mil (****) unidades de compra.
La adjudicación se realizará a favor de la oferta más conveniente, por la totalidad de la cantidad solicitada, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente, los costos asociados de uso y mantenimiento presentes y futuros, y demás condiciones de la oferta.
Para concurrir como oferentes a la presente contratación, deberán reunirse los siguientes requisitos: a sociedades regularmente constituidas por alguna de las modalidades previstas y habilitadas por la legislación vigente en la materia. b cumplir con los requisitos previstos para la presentación de la oferta. c los oferentes deberán estar inscriptos en el R. I. U. P. P. registro informatizado único y permanente de proveedores o haber iniciado el trámite.
Rigen para el presente procedimiento de selección todas las penalidades y sanciones previstas en el título sexto, capítulos xii y xiii, de la ley **** y su decreto reglamentario ****, debiéndose aplicar conforme lo establecido en los capítulos mencionados. El incumplimiento del término de las obligaciones del contrato, y los pliegos de condiciones generales, particulares y especificaciones técnicas, coloca al adjudicatario en estado de mora automática y, por tanto, lo hace pasible de las penalidades y sanciones previstas en la ley **** y su reglamentación.
La impugnación al pliego deberá ser acompañada con una garantía equivalente al tres por ciento (3%) del monto total estimado de la contratación. La impugnación al pliego será tramitada conforme lo establece el artículo 20, inciso a y 21 del pliego único de bases y condiciones generales aprobado mediante disposición ****.
Será desestimada la oferta, sin posibilidad de subsanación, en los casos previstos en el artículo 98 de la ley **** y su decreto reglamentario **** de aplicación las establecidas en el artículo 98 de la ley ****, sus normas complementarias y/o modificatorias y su decreto reglamentario ****.