Licitación privada para la contratación del servicio de impresión de cartelería para el 2do trimestre de 2026. El procedimiento se realizará a través del sistema COMPR. AR. Las ofertas deben presentarse electrónicamente. La apertura de ofertas será automática. Se requiere cotizar la totalidad del renglón. No se admiten ofertas parciales. Los precios cotizados serán únicos, fijos, IVA incluido e invariables. No se requiere presentación de muestras. El plazo de mantenimiento de la oferta es de 60 días corridos. La entrega del servicio deberá iniciarse dentro de los 15 días corridos a partir de la emisión de la orden de compra.
Deberá darse inicio dentro de los quince 15 días corridos a partir de la emisión de la orden de compra, hasta finalizar el cumplimiento de acuerdo a lo establecido en la especificación técnica del presente pliego.
Las facturas deberán ser presentadas una vez recibida la conformidad de la recepción definitiva, en la forma y en el lugar indicado en el respectivo pliego de bases y condiciones particulares, lo que dará comienzo al plazo fijado para el pago.
Las garantías de mantenimiento de la oferta serán constituidas por el plazo inicial y sus eventuales renovaciones. Todas las garantías deberán cubrir el total cumplimiento de las obligaciones contraídas, debiendo constituirse en forma independiente para cada procedimiento de selección.
Se realizará a favor de la oferta más conveniente para el Comando de la 3ra División de Ejército, de acuerdo a las especificaciones técnicas citadas en cada renglón del presente proceso de compra y demás documentos que rigen el PB y CP. Pudiendo ser la oferta más conveniente, una de mayor precio.
Las personas habilitadas para contratar lo estarán de acuerdo a lo establecido en el art nro 27 del anexo al decreto nro **** y art nro 2 de la disposición 6e 2018, modificatorio del decreto nro ****.
No se requiere.
Según lo establecido en art. nro 73 anexo al dcto. nro ****.
Se desestimará la oferta que se encuentre encuadrada dentro de los supuestos establecidos en el decreto nro **** art. nro 68.