Licitación para la adquisición de anestésicos para el Hospital Interzonal General de Agudos San Roque. El plazo de contratación es de julio a diciembre de 2026, con opción a ampliación. La modalidad es orden de compra cerrada. Las ofertas se reciben hasta el 3 de agosto de 2026 a las 10:00 hs. Se requiere presentación de muestras. El criterio de adjudicación considera precio, calidad, idoneidad del oferente y costos asociados. La entrega se realizará en la farmacia del hospital en horario a convenir, según necesidades del servicio.
La entrega es a pedido y según necesidades del servicio.
Los pagos se efectivizarán mediante pago electrónico a través de interdepósitos o transferencias bancarias, dentro de los treinta 30 días de la presentación de la factura y documentación requerida.
Las ofertas y adjudicaciones menores a **** uc no requieren garantía de mantenimiento de oferta, pero sí de cumplimiento de contrato. Las ofertas y adjudicaciones menores a **** uc no requieren garantías, a menos que exista anticipo financiero. La garantía de cumplimiento del contrato será igual o superior al diez porciento 10 del monto total adjudicado.
La adjudicación se realizará a favor de la oferta más conveniente, teniendo en cuenta para ello el precio, la calidad, la idoneidad del oferente, los costos asociados de uso y mantenimiento y demás condiciones de la oferta.
Se requiere constancia de inscripción ante AFIP vigente y constancia de inscripción en ARBA ingresos brutos o formulario de convenio multilateral vigente.
Por entrega fuera de término: multa por mora del cero coma tres porciento 0,3 del valor de lo satisfecho fuera de término, por cada día hábil de atraso. Por incumplimiento parcial o total del contrato: pérdida proporcional o total de la garantía y pago de la diferencia de precio.
A los efectos de la cotización, los oferentes deberán presentar muestras de los bienes o insumos cotizados en indicar lugar, días y horario fecha límite.
Para poder impugnar la preadjudicación de las ofertas, se requiere presentar garantía por el cinco porciento 5 del monto de la oferta del renglón o los renglones impugnados.
Será causal determinante del rechazo de la oferta, en cualquier estado del procedimiento de contratación, dar u ofrecer dinero o cualquier dádiva a funcionarios o empleados públicos.