Se convoca a una contratación directa por exclusividad para el servicio de recertificación de calidad de la gestión de la unidad de auditoría interna, referencial IRAM 13: 2017. El procedimiento es de etapa única nacional y se realizará a través del sistema COMPR. AR. Las ofertas se presentarán electrónicamente hasta el 20 de marzo de 2026 a las 14:00 hs. Las consultas al pliego se recibirán hasta el 19 de marzo de 2026 a las 14:00 hs. El costo del pliego es sin costo. No se admiten prórrogas. No se requieren muestras.
El comienzo del servicio se encuentra programado para el mes de abril de 2026, pudiendo extenderse por un plazo de 6 meses desde la contratación. Para coordinar los trabajos, la firma adjudicataria se deberá comunicar con la unidad de auditoría interna del organismo.
El pago se efectuará dentro del plazo de treinta 30 días corridos contados a partir de la fecha de presentación de cada factura, de acuerdo con lo estipulado en el artículo 91 del anexo del decreto n **** pagos se atenderán considerando el programa mensual de caja y las prioridades de gasto.
La garantía de mantenimiento de oferta debe ser del 5% sobre el monto total de la oferta. La garantía de cumplimiento de contrato debe ser del 10% del monto del contrato. Este proceso de compra no requiere incorporar garantía de mantenimiento de oferta para ofertas menores a **** módulos ni garantía de cumplimiento de contrato cuando el monto total del documento contractual no supere los **** módulos, ni contragarantía.
La adjudicación recaerá a favor de la oferta más conveniente para la Superintendencia de Servicios de Salud, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones de la oferta.
Los oferentes deberán cumplir con los requisitos económicos, financieros, técnicos y administrativos detallados en el pliego, incluyendo la presentación de declaraciones juradas de habilidad, elegibilidad e intereses, y la inscripción en COMPR. AR.
Los oferentes, adjudicatarios y cocontratantes serán pasibles de las penalidades establecidas en el artículo 29 del decreto delegado n **** y sus modificatorios y complementarios, cuando incurran en las causales reguladas en el artículo 102 del reglamento aprobado por el decreto n **** y modificatorios. El incumplimiento o la demora de los plazos establecidos hará pasible al cocontratante de una multa del 0,05% del valor de lo satisfecho fuera de término, por cada día hábil de atraso.
No se requieren muestras.
El dictamen de evaluación de las ofertas podrá ser impugnado dentro de los tres 3 días hábiles administrativos subsiguientes al día de su notificación.