ARGENTINA | Santa Fe
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La entrega de los bienes se efectuará en el área de laboratorio del S. A. M. Co. de Villa Gobernador Gálvez. Plazo de entrega: inmediato. Todos los plazos serán contados a partir del día hábil siguiente a la recepción de la notificación de la orden de provisión.
El pago se efectuará dentro de los noventa 90 y ciento veinte 120 días de la fecha de presentación de la factura respectiva, previa conformidad definitiva del organismo receptor. Se aceptarán pagos parciales por entregas parciales.
Se requiere garantía de impugnación (3% del total de la oferta), garantía de mantenimiento de oferta (1% del total de la oferta) y garantía de fiel cumplimiento (7% del valor total de la adjudicación).
La adjudicación se efectuará por renglón y recaerá en aquella oferta que, habiendo cumplimentado las exigencias del pliego de bases y condiciones particulares de la presente gestión admisibilidad formal, técnica y económica, resulte la más conveniente para el gobierno provincial.
Es requisito estar inscripto en el registro oficial de proveedores de la provincia. Podrán presentar ofertas personas humanas o jurídicas no inscriptas, implicando la sola presentación, solicitud tácita de inscripción.
El incumplimiento del plazo de entrega establecido hará pasible al adjudicatario de la aplicación de una multa equivalente al uno por mil 1/1000 diario del monto total cumplido fuera de término.
Serán desestimadas las ofertas cuando: no estuvieran firmadas por el oferente o su representante legal; estuvieran escritas con lápiz; carecieran de la garantía exigida o error del monto de la garantía fuese superior al 20%; fuesen formuladas por personas con impedimentos para contratar con el sector público provincial no financiero, inhabilitadas o suspendidas para contratar; contuvieran condicionamientos; tuvieran raspaduras, enmiendas o interlúneas en el precio, cantidad, plazo de entrega o alguna otra parte que haga a la esencia de la oferta, y no estuvieren debidamente salvadas; contuvieran cláusulas en contraposición con las normas que rigen la contratación; no cumplieran con los requisitos fijados en la ley no ****, su reglamentación, las demás normas de aplicación a la contratación, el presente pliego único de bases y condiciones generales, o en el pliego de bases y condiciones particulares y en las especificaciones técnicas; cuando una misma persona integrara empresas que formulen ofertas en forma separada; se detectará la presencia de conductas violatorias de la ley **** de defensa de la competencia o la que en el futuro la reemplace; no se subsanaran los defectos formales en el plazo que fije el órgano de evaluación de las ofertas de la jurisdicción o entidad licitante o no se presentara la documentación adicional solicitada por el mismo; contuvieran información o documentación falsa o apócrifa.
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