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Pami - Programa De Asistencia Médica Integral - San Luis
Alquiler De Garaje/ Plaza De Garaje
Contratación de servicio de Alquiler de cocheras para móviles oficiales de UGL XXVI SAN LUIS - por un plazo de 6( seis) meses con opción a renovación por igual periodo
contratación de servicio de alquiler de cocheras para móviles oficiales de ugl xxvi san luis por un plazo de 6seis meses con opción a renovación por igual periodo.
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El plazo de prestación del servicio será de 1 día hábil contado a partir del día siguiente de notificada la orden de compra. El plazo de prestación del servicio será de 1 día hábil contado a partir del día siguiente de notificada la orden de compra.
Los pagos se realizarán a los sesenta 60 días corridos desde la presentación de la factura con la correspondiente documentación de respaldo. Los pagos se realizarán a los sesenta 60 días corridos desde la presentación de la factura con la correspondiente documentación de respaldo.
Se deberá constituir una garantía de mantenimiento de la oferta del cinco por ciento 5 del monto total de la oferta si el valor total del monto cotizado fuere superior a quinientas 500 ua. Se deberá constituir una garantía de cumplimiento del contrato del diez por ciento 10 del monto total del contrato dentro de los diez 10 días hábiles de notificada la orden de compra si el monto total adjudicado fuere superior a quinientas 500 ua. Se deberá constituir una garantía de mantenimiento de la oferta del cinco por ciento 5 del monto total de la oferta. y Se deberá constituir una garantía de cumplimiento del contrato del diez por ciento 10 del monto total del contrato dentro de los diez 10 días hábiles de notificada la orden de compra.
La adjudicación será resuelta en forma fundada por la autoridad competente y será notificada al adjudicatario y al resto de los oferentes que hayan participado del procedimiento. Se adjudicará a un solo oferente por la totalidad del servicio solicitado. La adjudicación será resuelta en forma fundada por la autoridad competente y será notificada al adjudicatario y al resto de los oferentes que hayan participado del procedimiento.
Podrán contratar con el instituto todas las personas, sean estas personas humanas o jurídicas con capacidad para obligarse y que no se encuentren comprendidas en el artículo 10 personas no habilitadas para contratar del reglamento de compras y contrataciones. Podrán contratar con el instituto todas las personas, sean estas personas humanas o jurídicas con capacidad para obligarse y que no se encuentren comprendidas en el artículo 10 personas no habilitadas para contratar del reglamento de compras y contrataciones.
El instituto aplicará las penalidades y sanciones establecidas en el capítulo iv del reglamento de compras y contrataciones aprobado por resolución n ****, sus modificatorias y reglamentarias. El instituto aplicará las penalidades y sanciones establecidas en el capítulo iv del reglamento de compras y contrataciones aprobado por resolución n ****, sus modificatorias y reglamentarias.
No aplica la presentación de muestras para el presente procedimiento. No aplica la presentación de muestras para el presente procedimiento.
Se rechazarán por inadmisibles todas las ofertas en las que participe quien transgreda la prohibición de participar en más de una oferta. La presentación de la oferta significará de parte del oferente que conoce, acepta y se somete voluntariamente al reglamento, a las cláusulas establecidas en el pliego de bases y condiciones generales, al presente pliego de bases y condiciones particulares, las especificaciones técnicas y demás documentación y normativa que rija el procedimiento de contratación. Se rechazarán por inadmisibles todas las ofertas en las que participe quien transgreda esta prohibición. y La presentación de la oferta significará de parte del oferente que conoce, acepta y se somete voluntariamente al reglamento, a las cláusulas establecidas en el pliego de bases y condiciones generales, al presente pliego de bases y condiciones particulares, las especificaciones técnicas y demás documentación y normativa que rija el procedimiento de contratación.
El valor estimado para la garantía de cumplimiento del contrato es de noventa y un millones quinientos mil pesos (****,00) si el monto adjudicado fuere superior a quinientas 500 ua. será exigible su presentación en los supuestos de que el monto total adjudicado fuere superior a quinientas 500 ua, equivalente a la suma de pesos noventa y un millones quinientos mil ****.
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