El Instituto Nacional de Vitivinicultura (INV) busca alquilar una cochera en Córdoba para un vehículo oficial. La cochera debe estar techada, con piso de cemento, contar con seguro, y tener sereno o entrega de llaves. Debe permitir libre acceso las 24 horas. Los oferentes deben presentar domicilio real y comercial en Córdoba, así como números telefónicos de contacto. El adjudicatario deberá mantener la instalación en buenas condiciones y contratar un seguro que cubra riesgos. Las ofertas tendrán validez por 60 días. El INV se reserva el derecho de adjudicar a la oferta más conveniente. Las consultas se realizarán exclusivamente a través de la plataforma compr. ar. La moneda de cotización será en pesos argentinos. El pago se realizará dentro de los 30 días corridos a partir de la recepción definitiva de los servicios o de la factura. Los oferentes no deben registrar deuda fiscal. La factura deberá ser emitida y presentada en el INV o enviada por correo electrónico. La adjudicación se realizará por renglón o parcial, y el criterio general será el menor precio. El INV se reserva el derecho de revocar unilateralmente el contrato. El incumplimiento dará lugar a la rescisión del vínculo contractual con aplicación de penalidades. La recepción definitiva se otorgará dentro de los 10 días hábiles posteriores a la entrega del servicio. Se verificará que los oferentes no se encuentren en listas de inhabilitados. Los oferentes deberán incluir la documentación que acredite el cumplimiento de la ley de protección integral de personas con discapacidad si corresponde.
El contrato tendrá una duración de seis 6 meses con opción a prórroga por otro período igual, previa renegociación de los valores. La recepción definitiva de los elementos o la conformidad del servicio será otorgada por el INV dentro del plazo de los diez 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente a la fecha de entrega de los elementos o prestación del servicio.
El pago se realizará dentro de los treinta 30 días corridos a partir de la fecha del acta de recepción definitiva de bienes y servicios o de la fecha de recepción de la factura correspondiente, lo último que ocurra. Los pagos se realizan a través del tesoro de la nación y serán acreditados en la cuenta bancaria que registre el adjudicatario en el sistema de cuenta única del tesoro.
La garantía de impugnación a la evaluación debe ser del tres por ciento (3%) del monto de la oferta. La garantía de mantenimiento de oferta debe ser del 5,00% sobre el monto total de la oferta. La garantía de cumplimiento de contrato debe ser del 10,00% del monto del contrato.
Entre las ofertas válidas, el criterio general de selección del adjudicatario será el menor precio. No obstante, cuando existan razones debidamente fundadas, el INV se reserva el derecho de adjudicar conforme a su exclusivo juicio y conveniencia.
Los oferentes deberán estar dados de alta en el padrón único de entes del sistema de información financiera que administra el ministerio de economía. Quienes registren deuda fiscal informada al momento de la emisión del dictamen de evaluación no podrán ser adjudicatarios. Las personas humanas o jurídicas incluidas en listas de inhabilitados del banco mundial o del banco interamericano de desarrollo por prácticas corruptas, fraudulentas, colusorias, coercitivas, obstructivas, apropiación indebida o por cualquier otra causal prevista para la integración de dichas listas, serán inelegibles.
El incumplimiento de las previsiones contenidas en el presente pliego por parte de la adjudicataria, dará lugar a la rescisión del vínculo contractual, con la aplicación de las penalidades correspondientes, según lo previsto en la reglamentación vigente.
Los oferentes deberán contemplar su situación fiscal al momento de presentar ofertas y durante el período de evaluación de las mismas. Quienes registren deuda fiscal informada al momento de la emisión del dictamen de evaluación no podrán ser adjudicatarios. Las personas humanas o jurídicas incluidas en listas de inhabilitados del banco mundial o del banco interamericano de desarrollo por prácticas corruptas, fraudulentas, colusorias, coercitivas, obstructivas, apropiación indebida o por cualquier otra causal prevista para la integración de dichas listas, serán inelegibles.