ARGENTINA
84/13 - Dirección De Remonta Y Veterinaria
Ganaderia
Administración con servicios de terceros para el servicio de cosecha de soja por toneladas de granos de soja en el establecimiento general urquiza
Administración con servicios de terceros para el servicio de cosecha de soja por toneladas de granos de soja en el establecimiento general urquiza.
AI helper
El contrato tendrá una duración de quince 15 días corridos, debiendo considerarse lo establecido en el punto 7 del anexo 4 especificaciones técnicas del presente pliego de bases y condiciones particulares.
La adjudicación se hará a la oferta más conveniente económicamente, es decir, que pretenda obtener como pago por el servicio de cosecha de soja, el menor porcentaje de granos de soja, teniendo como límite retirar un 16%, y priorizándose quién cotice por debajo de dicho porcentaje. Se podrá cotizar con números decimales un dígito por debajo del porcentaje límite. ej: 15. 9.
La garantía de mantenimiento de oferta no es de aplicación para el presente procedimiento contractual. La garantía de cumplimiento de contrato deberá integrarse por una suma equivalente a pesos tres millones mil con 00/100 centavos (****,00), a través de cualquiera de los medios previstos en el artículo 44 del anexo I pliego único de bases y condiciones generales, aprobado por el artículo 1 de la disposición ****, dentro del término de cinco 5 días hábiles administrativos de recibido el documento contractual.
La adjudicación se hará a la oferta más conveniente económicamente, es decir, que pretenda obtener como pago por el servicio de cosecha de soja, el menor porcentaje de granos de soja, teniendo como límite retirar un 16%, y priorizándose quién cotice por debajo de dicho porcentaje. Se podrá cotizar con números decimales un dígito por debajo del porcentaje límite. ej: 15. 9. A su vez, también se valorará de acuerdo a las características de la maquinaria a utilizar por los oferentes.
Los oferentes deberán contar con la declaración jurada de intereses actualizada en SIPRO. Se requiere presentar certificado de inscripción en el registro único de operadores de la cadena agroindustrial R. U. C. A. , en cumplimiento con lo establecido en resolución **** del Ministerio de Agroindustria, de corresponder.
Los oferentes, adjudicatarios y cocontratantes podrán ser pasibles de las penalidades establecidas en el artículo 29 del decreto delegado N° 1. 023/01 y sus modificaciones y el artículo 104 del decreto 1030/16, a saber: a. pérdida de la garantía de mantenimiento de oferta. b. pérdida de la garantía de cumplimiento del contrato. c. multa por mora en el cumplimiento de sus obligaciones. d. rescisión por su culpa. En ningún caso las multas podrán superar el cien por ciento (100%) del valor del contrato.
La impugnación deberá presentarse a través del sistema electrónico COMPR. AR, dentro de los tres 3 días hábiles administrativos subsiguientes al día de su notificación.
Apertura de Propuestas:
Lote 1: S. De cosecha; descripcion: servicio de cosecha