El presente aviso de licitación pública tiene por objeto la adquisición de banderas, astas, pedestales y moños para el centro cívico de Tunuyán. Los oferentes deberán preinscribirse en el sistema electrónico de compras compr. ar y estar inscriptos en el registro único de proveedores. Se requiere una garantía de oferta del 1% del valor total de la oferta, la cual debe ser presentada en soporte físico dentro de las 48 horas hábiles siguientes a la fecha de apertura de ofertas. Las ofertas se formularán a través del sistema electrónico de contrataciones compr. ar. Se admitirá la cotización parcial por renglón y la adjudicación por renglón. Se requiere la presentación de antecedentes comerciales y una declaración jurada firmada. La fecha estimada de publicación en el portal es el 20 de mayo de 2026, el inicio de consultas es el 20 de mayo de 2026 a las 20:15 hrs, la finalización de consultas es el 22 de mayo de 2026 a las 10:00 hrs, y el acto de apertura es el 27 de mayo de 2026 a las 10:00 hrs.
El plazo de entrega estimado del contrato es a partir del perfeccionamiento del documento contractual, con una duración de 7 días hábiles.
Los pagos se realizarán de acuerdo a lo establecido en el decreto **** y sus modificatorias, dentro de los 30 días de otorgada la conformidad respectiva. El adjudicatario deberá presentar facturas tipo b o c a nombre de la Suprema Corte de Justicia CUIT ****.
Los oferentes constituirán una garantía de oferta por el 1% del valor total de la oferta. Los adjudicatarios constituirán una garantía de adjudicación por un mínimo del 5% del valor total de la adjudicación.
La selección se realizará a favor de las ofertas más convenientes para satisfacer las necesidades de la Suprema Corte de Justicia, considerando las pautas previstas en el art. 149 de la ley **** modificada por ley ****, precisadas en la grilla de evaluación prevista en el anexo ii del presente pliego.
Los oferentes deberán preinscribirse en el sistema electrónico de compras compr. ar y estar inscriptos en el registro único de proveedores.
En todos los casos de incumplimiento regirá lo dispuesto por el art. 154 de la ley ****.
El rechazo de la oferta será insubsanable y dará lugar al rechazo de la oferta en caso de cotización en moneda que no sea la requerida, omisión de constitución de la garantía de oferta, falta de realización de la visita de obra (si es obligatoria) o falta de presentación de muestras (si es obligatoria).