Licitación pública para el servicio de recarga y mantenimiento de gases industriales (Oxígeno, Nitrógeno, Argón, Acetileno) para la producción de TAM 2C en el año 2026. Las ofertas se presentan electrónicamente a través del sistema Comprar. ar. La apertura de ofertas será el 18 de junio de 2026. El plazo de mantenimiento de las ofertas es de 60 días corridos. Se requiere garantía de mantenimiento de oferta del 5% del monto total. El contrato tendrá una duración de 12 meses con opción a prórroga. Los lugares de entrega son Guarnición Militar Boulogne, Dirección de Arsenales. Se solicita facturación y pago según normativa vigente.
El plazo de ejecución de la orden de compra abierta es de doce 12 meses a partir del perfeccionamiento del documento contractual y una opción a prórroga por un mismo período. los plazos se computarán a partir del día hábil siguiente al perfeccionamiento del contrato.
Los pagos se realizarán a través del tesoro nacional y se efectuarán conforme a las disposiciones de la resolución nro **** de la secretaría de hacienda del ministerio de obras y servicios públicos y resolución general **** de la afip del 22 de junio de **** pagos se realizarán a través del tesoro nacional y se efectuarán conforme a las disposiciones de la resolución nro **** de la secretaría de hacienda del ministerio de obras y servicios públicos y resolución general **** de la afip del 22 de junio de ****.
Se requiere garantía de mantenimiento de oferta del cinco por ciento 5 del monto total de la oferta. de mantenimiento de la oferta: cinco por ciento 5 del monto total de la oferta.
La adjudicación recaerá en la oferta más conveniente, teniendo en cuenta precio, calidad, idoneidad del oferente y demás condiciones de la oferta. La adjudicación recaerá en la oferta más conveniente, para lo cual se tendrá en cuenta lo siguiente: a. Precio. b. Calidad. c. La idoneidad del oferente. d. Demás condiciones de la oferta.
En caso de incumplimiento será de aplicación el título v capítulos i y ii del decreto **** y 29 del decreto delegado nro **** caso de incumplimiento será de aplicación el título v capÍtulos i y ii del decreto **** y 29 del decreto delegado nro ****.
Se podrá impugnar el dictamen de evaluación dentro de los tres 3 días posteriores al de su difusión, previa integración de la garantía. Se podrá impugnar el dictamen de evaluación dentro de los tres 3 días posteriores al de su difusión, previa integración de la garantía regulada en el artículo 78 del decreto no ****.
Se desestimará la oferta, sin posibilidad de subsanación, en las causales no subsanables establecidas en el artículo 66 del decreto no **** desestimará la oferta, sin posibilidad de subsanación, en las causales no subsanables establecidas en el artículo 66 del decreto no ****, y su modificatoria artÍculo 1o del decreto no ****.