Licitación para la renovación y ampliación de licencias Microsoft y servicios de soporte técnico por 36 meses. El procedimiento es contratación directa. Las ofertas se presentan electrónicamente en el portal comprar. gob. ar. Las consultas se realizan a través del mismo portal. El plazo de mantenimiento de la oferta es de 60 días. La adjudicación se basará en precio, calidad e idoneidad. El pago se realizará en dólares estadounidenses en cuotas anuales. Se requiere presentación de declaración jurada de intereses y habilidad para contratar. La confidencialidad de la información es obligatoria.
El oferente tendrá un plazo de diez (10) días desde la notificación de la orden de compra para la entrega y activación de los bienes y servicios contratados.
La facturación se realizará desde el centro de operaciones en U. S. A. por parte de MSLI LATAM, INC. , en dólares estadounidenses. El plazo de pago de cada factura será de 60 días desde la fecha de emisión de la misma. La facturación será dividida en tres (3) pagos anuales.
La garantía de impugnación será del tres por ciento (3%) del monto de la oferta. La garantía de mantenimiento de oferta debe ser del 5,00% sobre el monto total de la oferta. La garantía de cumplimiento de contrato debe ser del 10,00% del monto del contrato.
La adjudicación deberá realizarse en favor de la oferta más conveniente para el organismo, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones de la oferta.
Se requiere presentar declaración jurada de elegibilidad y declaración jurada de habilidad para contratar con la Administración Pública Nacional, cumpliendo con los requisitos del artículo 27 del decreto 1023/2001.
El incumplimiento total o parcial de las obligaciones asumidas podrá dar lugar a la aplicación de penalidades, incluyendo multas por mora y la pérdida de hasta el cinco por ciento (5%) del monto total del contrato.
Los oferentes podrán impugnar el dictamen de evaluación dentro de los tres (3) días hábiles de su difusión en el sistema compr. ar.
Se desestimará la oferta si el oferente se encuentra incurso en causales de inelegibilidad previstas en el artículo 68 del decreto 1030/2016, como ser continuaciones de empresas no habilitadas o concertación de posturas.