Se licita el servicio de alquiler de intercomunicadores para las salas del CTBA, con provisión, bajo modalidad de alquiler semanal, de equipos con cable e inalámbricos con headset. La contratación tendrá una vigencia de 8 meses con opción a prórroga. La entrega se realizará en el depósito general del CTBA en un plazo de 3 días corridos de emitida la solicitud. Las ofertas se presentarán electrónicamente a través de la plataforma BAC. Se requiere inscripción en el RIUPP. El plazo de mantenimiento de la oferta es de 20 días hábiles. La evaluación se basará en precio, calidad e idoneidad. El contrato se perfeccionará con la recepción de la orden de compra.
La entrega de los materiales objeto del servicio se realizará en el depósito general del complejo teatral de Buenos Aires, sito en la calle Sarmiento ****, 1er subsuelo, dentro de los tres 3 días corridos de emitida la solicitud de provisión SPR en el sistema BAC.
El pago será efectuado de acuerdo a las disposiciones contenidas en los artículos 26, 27, 28 y 29 del pliego único de bases y condiciones generales.
No requiere incorporar garantía de mantenimiento de oferta ni de cumplimiento de contrato cuando el monto de la oferta o del contrato no supere el límite de las cien mil **** unidades de compra.
La adjudicación se realizará a favor de la oferta más conveniente, por la totalidad de la cantidad solicitada, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente, los costos asociados de uso y mantenimiento presentes y futuros, y demás condiciones de la oferta.
Para concurrir como oferentes, deberán ser sociedades regularmente constituidas, cumplir con los requisitos de la oferta, estar inscriptos en el RIUPP o haber iniciado el trámite.
Rigen para el presente procedimiento de selección todas las penalidades y sanciones previstas en el título sexto, capítulos xii y xiii, de la ley **** y su decreto reglamentario ****.
La impugnación al pliego deberá ser acompañada con una garantía equivalente al tres por ciento 3 del monto total estimado de la contratación.
Será desestimada la oferta, sin posibilidad de subsanación, en los casos previstos en el artículo 98 de la ley **** y su decreto reglamentario ****.
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