El Ministerio de Vinculación y Gestión Institucional de Córdoba licita un servicio de transporte de pasajeros con chofer por 12 meses, con opción a prórroga. El servicio abarca vehículos para 4 pasajeros, minibuses y ómnibus, para traslados dentro de la provincia. Se requiere acreditación de flota propia y personal calificado. Se detallan las órdenes de servicio, multas por incumplimiento y causas de rescisión contractual. La fecha de inicio del contrato es el 15/06/2026.
El contrato tendrá una vigencia de doce 12 meses con fecha de inicio el **** al ****, o hasta agotar los ítems adjudicados.
La secretaría de administración tendrá a su cargo el trámite de pago en el marco del procedimiento administrativo y demás atribuciones que surjan en las condiciones de contratación, previa conformación de facturas por las secretarías.
Los oferentes deberán acreditar que cuentan como mínimo con la siguiente flota propia: dos 2 vehículos sedan o berlina suv crossover hatchback monovolumen para transportar 4 personas, además del conductor; un 1 minibús para transportar diecinueve 19 personas además del conductor; y una 1 van para transportar seis 6 personas además del conductor. Estos vehículos deberán ser de exclusiva propiedad del oferente y contar con choferes con carnet de conducir, dados de alta en arca seguridad social, art y seguro de vida.
Se aplicará una multa equivalente al valor del costo del servicio por diversas infracciones, como afectar vehículos no reglamentarios, cambiar la afectación de unidades sin autorización, tomar rutas más largas, detenerse o apartarse del recorrido sin autorización, utilizar vehículo o personal no autorizado, no cumplir horarios, falta de disciplina del chofer, carecer de registro de conductor o no presentarse a verificaciones. En caso de reiteración, el costo de la sanción se incrementará en un 3%.
El adjudicatario tiene plazo de setenta y dos 72 horas desde la notificación de una infracción para presentar descargo y la prueba que considere pertinente.
La contratante podrá rescindir el contrato unilateralmente si el adjudicatario incurre en un incumplimiento de gravedad tal que no admita la continuación de la relación contractual, como la transferencia o cesión del contrato sin autorización, falencia, concurso civil, aplicación reiterada de sanciones, o si actúa con dolo o culpa grave.