El Ministerio de Desarrollo Económico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires llama a contratación directa por exclusividad para el servicio de producción integral y realización de una exhibición digital inmersiva durante la 50ª edición de la Feria del Libro de Buenos Aires. La prestación se realizará diariamente entre el 23 de abril y el 11 de mayo de 2026. Las ofertas se presentan electrónicamente a través del sistema Buenos Aires Compras (BAC). Las consultas y adquisición del pliego son gratuitas y se realizan a través de BAC hasta un día antes de la apertura de ofertas. Se requiere garantía de mantenimiento de oferta del 5% del total de la oferta. La adjudicación se basará en la oferta más conveniente. El contrato se formaliza con la notificación de la orden de compra. El adjudicatario es responsable de todo el personal y de cumplir con las leyes laborales, de higiene y seguridad. La facturación y forma de pago se rigen por el pliego único de bases y condiciones generales. Se exige confidencialidad sobre la información proporcionada. La fiscalización del servicio estará a cargo de la autoridad de aplicación. No se permite la transferencia del contrato. Se prohíben los actos de fraude y corrupción. No aplica la redeterminación de precios.
La prestación objeto de la presente contratación deberá ser realizada diariamente, en días corridos entre el 23 de abril y el 11 de mayo de 2026, ambos inclusive.
El pago será efectuado de acuerdo a las disposiciones contenidas en los arts. 26, 27, 28 y 29 del pliego único de bases y condiciones generales.
Cada oferta será acompañada mediante la constitución de una garantía de mantenimiento de oferta a favor del gobierno de la ciudad autónoma de buenos aires, igual al valor que resulte del cinco por ciento 5 del total de la oferta.
Finalmente, la autoridad de aplicación emitirá un informe mediante el cual recomendará la oferta más conveniente de acuerdo a lo establecido en los pliegos que rigen la presente contratación.
Podrán participar en la presente contratación, las personas humanas o jurídicas con capacidad para obligarse que no se encuentren comprendidas en el artículo 90 de la ley n **** texto consolidado la ley n **** y su decreto reglamentario n ****.
El falseamiento de datos dará lugar a la inmediata exclusión del oferente, sin lugar a la devolución de la garantía. Si la falsedad fuere advertida con posterioridad a la contratación, será causal de rescisión por culpa del contratista, con pérdida de la garantía de adjudicación del contrato, y sin perjuicio de las demás responsabilidades que pudieren corresponder.
La impugnación al pliego deberá ser acompañada con una garantía equivalente al tres por ciento 3 del monto total estimado de la contratación, según se establece en el art. 17. 1 inciso d y 17. 2 del pliego único de bases y condiciones generales aprobado mediante disposición no ****.
El valor total estimado de la contratación es de ****,00 pesos argentinos.