La Unidad de Información Financiera (UIF) llama a compulsa abreviada por monto para la suscripción a GLPI On-Premise Standard por 24 meses con opción a prórroga. La presentación de ofertas se realizará de forma electrónica a través del portal Compr. ar. Las consultas al pliego deberán efectuarse hasta el 8 de abril de 2026. El acto de apertura de ofertas será el 14 de abril de 2026. Se requiere la presentación de una descripción detallada de las licencias, incluyendo marca y modelo, así como anexos de declaración jurada de intereses, habilidad para contratar, elegibilidad y confidencialidad. El pago se realizará de forma adelantada, previa constitución de contragarantía.
El plazo de entrega del servicio objeto de la presente contratación será de hasta treinta (30) días corridos contados a partir de la notificación de la orden de compra, en el edificio sede del organismo, sito en Avenida de Mayo 761, previa coordinación con la Dirección de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
El pago se realizará por única vez, de forma adelantada, previa constitución de la correspondiente contragarantía, dentro de los treinta (30) días corridos contados a partir de la presentación de la factura, previa conformidad de la recepción.
Para este procedimiento de selección no se requiere garantía de mantenimiento de oferta ni de cumplimiento de contrato. Sin embargo, se requiere una contragarantía por el equivalente a los montos que se reciban en concepto de pago por adelantado.
La adjudicación recaerá a favor de la oferta más conveniente para el organismo, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones de la oferta.
Podrán contratar con la Administración Nacional las personas humanas o jurídicas con capacidad para obligarse que no se encuentren comprendidas en las previsiones del artículo 25 del pubcg y que se encuentren incorporadas como preinscriptas al sistema de información de proveedores sipro, en oportunidad del comienzo del período de evaluación de las ofertas.
En caso de incumplimiento con el plazo especificado, la UIF tendrá derecho a aplicar la penalidad establecida por incumplimiento de cero coma cero cinco por ciento (0,05%) del valor unitario del renglón por cada día corrido de retraso. El incumplimiento de otras pautas dará lugar a la aplicación de las penalidades previstas en los artículos 29 del régimen de contrataciones y 102 del reglamento.