Licitación para la adquisición de sillas y tándem para la Maternidad Provincial 25 de Mayo. Modalidad: Contratación directa por compulsa abreviada. Presupuesto oficial: ****,00. Apertura de ofertas: 4 de junio de 2026, 09:00 hs, a través de la plataforma comprar. catamarca. gob. ar. Plazo de entrega: 10 días hábiles a partir de la orden de compra. Pago: 30 días desde la recepción definitiva de bienes y factura, sujeto a disponibilidad financiera. Se requiere presentación de ofertas electrónicas y cumplimiento de requisitos administrativos y técnicos detallados en el pliego.
El plazo de entrega de los servicios o bienes será de 10 diez días hábiles, a partir de la fecha de difusión de la respectiva orden de compra en el sitio www. ***. *. * o en el que en un futuro lo reemplace o su notificación a la casilla de correo electrónico publicada en el perfil del proveedor en el sistema compr. ar. , constituido como domicilio especial electrónico por el mismo.
El pago será de treinta 30 días, sin perjuicio de ello, los pagos se atenderán considerando la programación y disponibilidad financiera que establezca la tesorería general de la provincia. La factura o documento equivalente, deberá ser remitida de forma electrónica a la dirección de correo electrónico ***@***. *. * conjuntamente con el contrato de servicio y la certificación de la recepción definitiva de los bienes.
La garantía de cumplimiento de contrato debe ser del tres por ciento 3 del monto total del contrato. Este proceso de compra no requiere incorporar garantía de mantenimiento de contrato.
Se adjudicará la oferta más conveniente, teniendo en cuenta el precio, la calidad del bien, la idoneidad comercial del oferente y el cumplimiento de las especificaciones y características establecidas en el anexo IV.
Los oferentes deberán presentar declaración jurada de no encontrarse incurso en ninguna de las causales de inhabilidad, ni suspendido en el registro de proveedores del estado provincial para contratar con la provincia.
El incumplimiento de las obligaciones contraídas por los oferentes o adjudicatarios, dará lugar a la aplicación de las penalidades y sanciones previstas en el título IV capítulo I y II del anexo I reglamento parcial N° 2 de la ley **** decreto acuerdo N° ****, artículos 110 a 123.
La oferta será declarada inadmisible cuando no fuera remitida por el sistema electrónico de contrataciones de la administración provincial compr. ar, fuera formulada por personas inhabilitadas o suspendidas, fuera condicionada, contuviere cláusulas en contraposición con las normas, el precio cotizado mereciera la calificación de vil o no serio, o no cumpla con el pago de los impuestos y tasas impositivas.
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