Servicio de limpieza sin provisión de materiales para la delegación Tucumán del INV y su laboratorio. Vigencia de 12 meses o hasta agotar 288 horas. Un operario, 3 horas diarias, 2 días por semana (martes y jueves). El INV provee materiales; el adjudicatario provee herramientas y máquinas. Se requiere certificado de visita previa, declaración jurada de intereses y seguro de riesgos de trabajo. Pago a 30 días de la recepción de factura. Criterio de adjudicación: menor precio. Las ofertas deben incluir IVA en el precio unitario.
El servicio se realizará con un operario, cumpliendo un mínimo de 3 horas diarias, 2 días laborables por semana, martes y jueves de 7:00 a 10:00 horas.
Dentro de los treinta (30) días corridos a partir de la fecha del acta de recepción definitiva de bienes y servicios o de la fecha de recepción de la factura correspondiente, lo último que ocurra.
La garantía de cumplimiento de contrato debe ser del 10,00% del monto del contrato. Este proceso no requiere incorporar garantía de cumplimiento de contrato cuando el monto total no supere los **** módulos.
Entre las ofertas válidas, el criterio general de selección del adjudicatario será el menor precio.
Los oferentes deberán dar cumplimiento con la normativa vigente en cuanto al sistema de información de cocontratantes proveedores del estado nacional (SICOPRO) y registrarse en el portal COMPR. AR.
En caso de incumplimiento de las tareas o inasistencias se establece un primer apercibimiento, y de repetirse el INV aplicará una multa que consistirá en el descuento de las horas no cumplidas, al doble de su importe.
Los oferentes, antes de cotizar, podrán realizar una inspección in situ a efectos de verificar medidas y detalles, solicitando el certificado de visita correspondiente en la delegación Tucumán del INV.
La garantía de impugnación a la evaluación deberá ser del tres por ciento (3%) del monto de la oferta del renglón o los renglones en cuyo favor se hubiere aconsejado adjudicar el contrato.
Quienes registren deuda fiscal informada al momento de la emisión del dictamen de evaluación no podrán ser adjudicatarios de las compras o contrataciones de las entidades estatales.