Se licita el servicio de traslado de alumnos con discapacidad en la ciudad de Santa Rosa. El servicio incluye el traslado desde sus domicilios a escuelas de nivel, apoyos y clases de educación física en contraturno, y el regreso. Los vehículos deben contar con adaptaciones para sillas de ruedas y personal de apoyo. La apertura de ofertas es el 29 de julio de 2026. El contrato tendrá una duración hasta el 31 de diciembre de 2028. El pago se realizará mensualmente dentro de los 7 días hábiles posteriores a la facturación. Se requiere garantía de oferta y adjudicación. El criterio de selección es la oferta más conveniente, no necesariamente la de menor precio.
El contrato regirá a partir del 1 de agosto 2026 o desde su firma lo que ocurra último y hasta el 31 de diciembre de 2028.
El pago se realizará mensualmente por mes vencido, dentro de los siete 7 días hábiles del mes inmediato siguiente al de la prestación del servicio y de presentada toda la documentación exigida.
Se deberá constituir garantía de oferta por el uno por ciento 1 del monto total cotizado. La garantía de adjudicación será equivalente al cinco por ciento 5 del monto total adjudicado.
La adjudicación deberá recaer en la oferta más conveniente, entendiéndose por tal la que resulte así de una completa evaluación del cumplimiento de toda la documentación del llamado y la consecuente satisfacción de las necesidades del organismo licitante. La expresión más conveniente no significa necesariamente la oferta de menor precio.
Los oferentes deberán contar con inscripción en el registro de proveedores, certificado de cumplimiento fiscal, declaración jurada de no encontrarse en concurso preventivo, quiebra o liquidación, y certificado de libre deuda registrada.
El incumplimiento reiterado de horarios, averías mecánicas o accidentes facultará a la dirección a rescindir unilateralmente el contrato, y la empresa deberá afrontar las penalidades establecidas en el reglamento de contrataciones. Se aplicará una multa mensual equivalente al 20% del precio mensual por cada informe en el que el establecimiento educativo manifieste que alguno de los presentes servicios no se cumplieron adecuadamente.
Hasta el día hábil siguiente al de la publicación, quienes hayan realizado ofertas podrán formular impugnación fundada a la preadjudicación.
La no presentación del certificado de libre deuda alimentaria o la autorización correspondiente producirá la invalidez automática de la propuesta. El incumplimiento o la presentación incompleta de cualquiera de los requisitos exigidos en el apartado de forma de cotización podrá ser motivo de desestimación de la oferta.
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