Licitación pública para contratar el servicio de reparación de techo del nivel secundario del Liceo Militar General Belgrano. Presentación de ofertas a través de COMPR. AR. Apertura electrónica el 23/10/2026 a las 07:00 hs. Visita de instalaciones obligatoria, realizada personalmente por arquitecto o ingeniero civil con matrícula vigente, hasta 2 días hábiles previos a la apertura. No se requieren muestras. Garantía de mantenimiento de oferta del 5% y de cumplimiento de contrato del 10%. Plazo de ejecución: 30 días hábiles por techo. Garantía de obra por 24 meses. Pago mediante certificados de obra parciales. Consultas hasta 3 días antes de la apertura.
El cumplimiento del contrato deberá estar finalizado dentro de los 30 días hábiles por techo posteriores a la notificación de la solicitud de provisión. El cumplimiento del contrato deberá estar finalizado dentro de los 30 días hábiles por techo posteriores a la notificación de la spr.
Se emitirán certificados de obra parciales y el pago se tramitará a través de la Contaduría General del Ejército. Dentro del plazo de la obra se emitirán los certificados de obra parciales de los trabajos ejecutados.
Garantía de mantenimiento de oferta del 5% y de cumplimiento de contrato del 10%. de mantenimiento de oferta: cinco por ciento 5 y de cumplimiento de contrato: diez por ciento 10 del monto total del contrato.
Se adjudicará a la oferta más conveniente considerando precio, calidad, idoneidad del oferente y cumplimiento de especificaciones. la adjudicación recaerá en favor de la oferta más conveniente para el organismo contratante, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente.
Los oferentes deben estar incorporados al SIPRO con datos actualizados y dado de alta en el padrón único de entes. para formar parte del orden de mérito. . . los oferentes deberán encontrarse incorporados al sipro y con los datos actualizados.
Se aplicará el artículo 29 del decreto 1023/01 y el título V del decreto 1030/16. en caso de incumplimiento será de aplicación el artículo 29 del decreto **** y título v, capítulos i y ii del decreto ****.
La visita es obligatoria y debe ser realizada personalmente por un arquitecto o ingeniero civil con matrícula vigente. la visita deberá ser realizada personalmente por un arquitecto o ingeniero civil, quien deberá acreditar título y matrícula profesional vigente.
No se requieren muestras. muestras: no se requieren.
La garantía de impugnación es del 3% del monto de la oferta del renglón en cuyo favor se hubiere aconsejado adjudicar. el importe de la garantía será equivalente al tres por ciento 3 del monto de la oferta del renglón o los renglones en cuyo favor se hubiere aconsejado adjudicar el contrato.
La no realización de la visita de instalaciones o la no presentación del certificado correspondiente será considerada elemento básico para la evaluación. la no realización de la visita de las instalaciones será considerada como elemento básico para la evaluación de la oferta.