Licitación pública para servicio de mantenimiento y reparación de edificios (alambrada perimetral) para el HMCC. Presentación de ofertas a través de Compr. AR. Se requiere certificado de visita de obra, plan de trabajo, certificado de capacidad de contratación anual y declaración jurada de intereses. Plazo de ejecución: 70 días hábiles. Pago a 60 días hábiles. Garantía de mantenimiento de oferta del 5%.
El plazo para el inicio en la ejecución del servicio es de 15 días hábiles a partir del perfeccionamiento del documento contractual. Plazo de finalización: 70 días hábiles a partir de la orden de servicio de iniciación.
Los pagos serán a través del tesoro nacional y se efectuarán conforme a las disposiciones de la resolución Nro **** de la secretaría de hacienda. El pago se tramitará una vez conformada la recepción definitiva de los efectos.
La garantía de mantenimiento de oferta debe ser del 5,00 sobre el monto total de la oferta. Las formas de garantía pueden ser en efectivo, cheque certificado, seguro de caución o pagarés.
Oferta más conveniente para el organismo contratante, lo que significará que no sólo se evaluará el precio, sino también las marcas cotizadas, otros criterios ambientales y sociales establecidos.
La actividad del oferente deberá ser coincidente con el objeto de la contratación, lo cual será objeto de constatación mediante la consulta en la base de datos del SIPRO. Deberá encontrarse inscripto en la ARCA en actividad principal o secundaria.
Los oferentes, adjudicatarios y cocontratantes serán pasibles de las penalidades establecidas en el artículo 29 del decreto delegado Nro 1. 023/01, incluyendo pérdida de garantía, multa por mora y rescisión por su culpa.
Se requiere presentar el anexo 1 a la MD **** certificado de visita de obra como parte de la documentación de la oferta.
Se podrá impugnar el dictamen de evaluación dentro de los tres (3) días de su difusión en el sitio www. ***. *. *, previa integración de la garantía regulada en el artículo 78 del reglamento.
La omisión de la información solicitada que haga a la esencia de la oferta será causal de desestimación de la misma, sin posibilidad de reclamo alguno por parte de los oferentes.