Adquisición de medicamentos para el servicio de farmacia del Hospital SAMCO Villa Constitución. Plazo de entrega: dos meses o a requerimiento del hospital. Pago: dentro de los 90 días de la factura, previa conformidad. Se requiere inscripción en el registro oficial de proveedores de la provincia. Apertura de ofertas: 30/06/2026 a las 10:00 hs.
Entregas parciales durante el plazo de dos meses yo a requerimiento del hospital.
El pago se efectuará dentro de los noventa 90 días de la fecha de presentación de la factura respectiva, previa conformidad definitiva del organismo receptor.
Se requiere garantía de impugnación (3% del total de la oferta), garantía de mantenimiento de oferta (1% del total de la oferta) y garantía de fiel cumplimiento (7% del valor total de la adjudicación).
La adjudicación se efectuará por renglón y recaerá en aquella oferta que, habiendo cumplimentado las exigencias del pliego de bases y condiciones particulares de la presente gestión admisibilidad formal, técnica y económica, resulte la más conveniente para el gobierno provincial.
Es requisito estar inscripto en el registro oficial de proveedores de la provincia. No obstante, podrán presentar ofertas personas humanas o jurídicas no inscriptas, implicando la sola presentación, solicitud tácita de inscripción.
El incumplimiento del plazo de entrega establecido en el presente pliego hará pasible al adjudicatario de la aplicación de una multa equivalente al uno por mil **** diario del monto total cumplido fuera de término.
El plazo para efectuar las impugnaciones será contado a partir de la fecha del envío del correo electrónico a la casilla denunciada.
Serán desestimadas las ofertas cuando no estuvieran firmadas, estuvieran escritas con lápiz, carecieran de la garantía exigida, fuesen formuladas por personas con impedimentos para contratar, contuvieran condicionamientos, tuvieran raspaduras, enmiendas o interlúneas en el precio, cantidad, plazo de entrega o alguna otra parte que hiciere a la esencia de la oferta, y no estuvieren debidamente salvadas, contuvieran cláusulas en contraposición con las normas que rigen la contratación, no cumplieran con los requisitos fijados en la ley, cuando una misma persona integrara empresas que formulen ofertas en forma separada, se detectará la presencia de conductas violatorias de la ley de defensa de la competencia, no se subsanarán los defectos formales en el plazo que fije el órgano de evaluación o no se presentara la documentación adicional solicitada, o contuvieran información o documentación falsa o apócrifa.
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