Licitación para la adquisición de bienes y contratación de servicios para la Obra Social de Empleados Públicos de Mendoza (OSEP). Las ofertas se presentan a través del portal compr. ar osep. Se requiere inscripción en el RE. DI. U. P. de OSEP. El plazo de mantenimiento de ofertas es de 30 días hábiles. La adjudicación se realizará por renglón o por el total, reservándose OSEP el derecho de excluir renglones o disminuir cantidades. Se puede ampliar o disminuir hasta un 30% las cantidades adjudicadas. La entrega de insumos es contra orden provisoria o notificación oficial. Las facturas se pagan dentro de los 30 días corridos de la presentación o recepción. Se prevén sanciones por incumplimiento.
Los bienes adjudicados deberán ser entregados libres de gastos de flete, acarreo y embalaje, en el lugar, fecha y hora que se disponga en el pliego de condiciones particulares o en la orden de compra. Si no se indicara el plazo de entrega, el proponente deberá indicarlo en su oferta. De no fijarlo, se entenderá que el cumplimiento debe operarse en un plazo no mayor de treinta 30 días corridos a contar del siguiente a la fecha de notificación de la adjudicación.
Los servicios administrativos que realicen pagos ajustarán sus trámites, de manera que los mismos se efectivicen dentro de los treinta 30 días corridos contados desde la fecha de presentación de la factura o de la recepción de los bienes o servicios, el que sea posterior.
Para garantizar el cumplimiento de la entrega de bienes o el contrato, los adjudicatarios deberán constituir una garantía cuyo monto será del cinco por ciento 5 calculado sobre el importe de la adjudicación. La misma deberá ser constituida en un plazo no mayor a cinco 5 días hábiles administrativos.
La adjudicación recaerá en el o los oferentes cuyas ofertas resulten ser las más convenientes conforme el orden de mérito que resulte de los criterios o pautas de selección previstas por el artículo 149o de la ley **** grilla de puntaje.
Los oferentes deberán realizar la pre-inscripción al sistema de información de proveedores accediendo al portal https:comprarosep. mendoza. gov. ar. No podrán resultar adjudicatarios aquellos oferentes que no cuenten con la inscripción definitiva en el RE. DI. U. P.
Las transgresiones en que incurrieran los adjudicatarios los harán pasibles de las sanciones y multas que se disponen en el artículo 154 del decreto ****.
Las impugnaciones de ofertas serán resueltas conjuntamente con la adjudicación.
Se considerará como causal de rechazo de la propuesta u oferta, en cualquier estado de la contratación, yo de rescisión del contrato, la participación en cualquier grado del oferente y/o contratista en conductas como cohecho, tráfico de influencias, negociaciones incompatibles, concusión, enriquecimiento ilícito, o balances e informes falsos agravados.