La contratación abarca ingeniería, materiales, herramientas y mano de obra para refuncionalizar sectores del edificio n° 6 de la DNM, además de instalar un montacargas. La visita previa es obligatoria y debe coordinarse. Las ofertas se presentan electrónicamente en compr. ar hasta el 31/08/2026. El plazo de ejecución es de 120 días corridos. Se exige presentar plan de trabajo y antecedentes técnicos, económicos y financieros. La garantía de impugnación es del 3% del monto total de la oferta.
El plazo de ejecución total de la obra es de ciento veinte 120 días corridos, contados a partir de la firma del acta de inicio de los trabajos.
El plazo para el pago de las facturas será de treinta 30 días corridos, a partir de su recepción en la forma y lugar indicado en el artículo precedente.
El periodo de garantía de los bienes provistos y trabajos encomendados será de doce 12 meses una vez finalizados o entregados los mismos.
Los oferentes deben presentar declaración jurada de intereses prevista en el decreto n ****, mediante el formulario digital habilitado por la oficina anticorrupción.
Resulta aplicable para los incumplimientos que pudieran darse en el marco del presente procedimiento, el régimen general de penalidades establecido en el título v, capítulo i del anexo al decreto n ****.
A los fines de la cotización se deberá efectuar la previa visita a los lugares de ejecución de la contratación, por cuanto resulta necesario que los potenciales oferentes tomen conocimiento in situ de las características de las instalaciones que deberán ser readecuadas.
Cuando se prescriba que algún material o artefacto deba ajustarse a tipo o muestra determinada, se entenderá que ellos servirán para efectuar comparaciones, pudiendo la adjudicataria suministrar materiales que sean equivalentes a juicio de la inspección.
Los oferentes podrán impugnar el dictamen de evaluación dentro de los tres 3 días de su difusión en el sitio https:comprar. gob. ar.
Serán causal de desestimación de ofertas, las penalidades aplicadas por la dirección nacional de migraciones que hayan consistido en rescisiones parciales o totales de los contratos u órdenes de compra emitidas, por incumplimientos contractuales, ello en el curso de los últimos tres 3 años contados desde la fecha de apertura del presente procedimiento.