ARGENTINA
Pami - Programa De Asistencia Médica Integral - Capital Federal
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El pliego indica que el oferente deberá detallar el plazo para la entrega del insumo o inicio de prestación del servicio. En caso de no consignar plazo, se considerará que la misma se realizará dentro de los 5 días hábiles contados a partir de la notificación de la orden de compra.
El pago se realizará en pesos argentinos mediante transferencia a una cuenta bancaria radicada en la república argentina a los 60 días de la presentación de la factura, previa validación de los insumos recibidos.
Se exigirá la presentación de una garantía de cumplimiento de contrato del diez por ciento (10%) del monto total adjudicado, en los supuestos que el monto total adjudicado supere las quinientas unidades de adquisición (500 UA). La garantía se constituirá mediante seguro de caución.
Para acreditar la inscripción de los productos en el ANMAT, se deberá presentar la documentación prevista en cualquiera de las alternativas siguientes: certificado del registro según la disposición ANMAT o certificado de inscripción según la disposición ANMAT. En caso de cotizar elementos a medida se deberá acreditar la habilitación y autorización de funcionamiento de la empresa presentando la documentación prevista en cualquiera de las dos alternativas siguientes: disposición y certificado de habilitación y autorización de funcionamiento de la empresa según la disposición ANMAT, acompañada de certificado de buenas prácticas de fabricación vigente, o constancia de inicio de trámite de renovación expedido por ANMAT, o disposición y certificado de habilitación del establecimiento según la resolución N **** del ministerio de salud y acción social.
El instituto aplicará las penalidades y sanciones establecidas en el título IV del régimen de compras y contrataciones. En caso de incumplimiento en la falta de entrega o falta de prestación del servicio, las sanciones consistirán en rescisión por su culpa con pérdida de la garantía de cumplimiento de contrato. En caso de contrataciones que no posean garantía de cumplimiento de contrato se aplicará una multa equivalente al diez por ciento (10%) del monto total del contrato.
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