Licitación pública para provisión y colocación de 10 módulos habitacionales metálicos movibles. Apertura de ofertas el 04/11/2026 a las 13:00 hrs. Se requiere garantía de mantenimiento de oferta y de cumplimiento de contrato. Pago dentro de los 30 días corridos desde la presentación de la factura o recepción de bienes. Plazo de entrega: 30 días corridos desde la notificación de adjudicación si no se especifica. Se aplica el principio de prioridad a favor de empresas mendocinas (Compre Mendocino).
El plazo de entrega es de 30 días corridos desde la notificación de la adjudicación, según el artículo 25: se entenderá que el cumplimiento debe operarse en un plazo no mayor de treinta (30) días corridos a contar del siguiente a la fecha de notificación de la adjudicación.
El pago se efectiviza dentro de los 30 días corridos desde la presentación de la factura o la recepción de los bienes, lo que sea posterior, según el artículo 29: los mismos se efectivicen dentro de los treinta (30) días corridos contados desde la fecha de presentación de la factura o de la recepción de los bienes o servicios.
Se requiere garantía de adjudicación del 5% del importe de adjudicación, constituida en un plazo no mayor a 5 días hábiles administrativos, según el artículo 24: deberán constituir una garantía cuyo monto será del cinco por ciento (5%) calculado sobre el importe de la adjudicación.
El criterio incluye menor precio y evaluación de indicadores económicos y financieros, según el texto: se puntuará con el puntaje máximo a la oferta que, siendo formal y técnicamente admisible, resulte ser la de menor precio.
Las transgresiones de los adjudicatarios los harán pasibles de sanciones y multas según el artículo 31: las transgresiones en que incurrieran los adjudicatarios los harán pasibles de las sanciones y multas que se disponen en el artículo 154 del decreto 1000/2015.
La participación en conductas como cohecho, tráfico de influencias, negociaciones incompatibles, concusión, enriquecimiento ilícito o balances falsos es causal de rechazo, según el artículo 35: se considerará como causal de rechazo de la propuesta u oferta. . . la participación en cualquier grado del oferente o contratista en las siguientes conductas.