Licitación pública para el servicio de almacenamiento y custodia de especialidades medicinales, productos y tecnología médica. La adjudicación se realiza por grupo de renglones, renglón o total, según condiciones particulares. Se evalúa con grilla de puntaje que considera indicadores económico-financieros y precio de la oferta. Se puede convocar a mejora de precios si las ofertas difieren en menos del 5% o hay un solo oferente. El adjudicatario debe constituir garantía de adjudicación del 5% del importe en un plazo de 5 días hábiles. El pago se efectiviza dentro de los 30 días corridos desde la presentación de la factura o recepción de bienes/servicios. Se aplica el principio de prioridad para empresas mendocinas (Compre Mendocino).
El plazo de entrega se indica en el pliego de condiciones particulares u orden de compra. Si no se indica, el proponente debe indicarlo en su oferta. De no fijarlo, se entiende que el cumplimiento debe operarse en un plazo no mayor de 30 días corridos desde la notificación de la adjudicación. Fragmento: se entenderá que el cumplimiento debe operarse en un plazo no mayor de treinta 30 días corridos a contar del siguiente a la fecha de notificación de la adjudicación.
El pago se efectiviza dentro de los 30 días corridos desde la fecha de presentación de la factura o de la recepción de los bienes o servicios, lo que sea posterior. Fragmento: los mismos se efectivicen dentro de los treinta 30 días corridos contados desde la fecha de presentación de la factura o de la recepción de los bienes o servicios, el que sea posterior.
Se debe constituir una garantía de adjudicación del 5% calculado sobre el importe de la adjudicación, en un plazo no mayor a 5 días hábiles administrativos desde la notificación. Fragmento: deberán constituir una garantía cuyo monto será del cinco por ciento 5 calculado sobre el importe de la adjudicación.
La adjudicación recae en la oferta más conveniente según el orden de mérito resultante de los criterios de selección, que incluyen indicadores económico-financieros y el menor precio. Fragmento: se puntuará con el puntaje máximo a la oferta que, siendo formal y técnicamente admisible, resulte ser la de menor precio.
Las transgresiones de los adjudicatarios los hacen pasibles de sanciones y multas dispuestas en el artículo 154 del decreto 1000/2015. El mero incumplimiento hace presumir responsabilidad. Fragmento: las transgresiones en que incurrieran los adjudicatarios los harán pasibles de las sanciones y multas que se disponen en el artículo 154 del decreto ****.
Se considerará causal de rechazo de la propuesta la participación en conductas como cohecho, tráfico de influencias, negociaciones incompatibles, concusión, enriquecimiento ilícito y balances falsos. Fragmento: se considerará como causal de rechazo de la propuesta u oferta, en cualquier estado de la contratación, yo de rescisión del contrato, la participación en cualquier grado del oferente yocontratista en las siguientes conductas.