Licitación privada para la adquisición de equipos de alimentación eléctrica ininterrumpida. Las ofertas se presentarán de forma electrónica. Se requiere garantía de mantenimiento de oferta del 5% y garantía de cumplimiento del contrato del 10%. Los precios cotizados son fijos e inamovibles. El plazo de entrega será indicado por el oferente, con un plazo por defecto de 15 días hábiles. El pago de facturas se realizará a los 30 días corridos. Se verificará el estado de deuda previsional e impositiva de los oferentes.
El oferente deberá indicar el plazo de entrega de los elementos cotizados. De omitirse dicha indicación, el organismo considerará que el plazo de entrega es de quince 15 días hábiles. De omitirse dicha indicación el organismo considerará que el plazo de entrega es de quince 15 dias habiles.
El plazo para el pago de las facturas será de treinta 30 días corridos, salvo que en el pliego de bases y condiciones particulares se establezca excepcionalmente uno distinto. El plazo para el pago de las facturas será de treinta 30 días corridos, salvo que en el pliego de bases y condiciones particulares se establezca excepcionalmente uno distinto.
Se requiere una garantía de mantenimiento de oferta del 5% del valor total de la oferta y una garantía de cumplimiento del contrato del 10% del valor total de la adjudicación. i. clases a de mantenimiento de oferta: cinco por ciento 5 del valor total de la oferta. b de cumplimiento del contrato: diez por ciento 10 del valor total de la adjudicación.
La adjudicación deberá recaer en la oferta más conveniente para el organismo. La adjudicación, deberá recaer en la oferta más conveniente, para el organismo y será resuelta en forma fundada por la autoridad competente, para aprobar la contratación. . .
Podrán contratar todas las personas físicas o jurídicas con capacidad para obligarse y que no se encuentren alcanzadas por las causales de inhabilitación previstas en el artículo 6. Podrán contratar con el instituto nacional de tecnologAÂa agropecuaria todas las personas fAÂsicas o jurAÂdicas con capacidad para obligarse y que no se encuentren alcanzadas por las causales previstas en el artAÂculo siguiente.
Las prórrogas en el cumplimiento del plazo contractual determinarán la aplicación de una multa por mora del tres por ciento (3%) del valor de lo satisfecho fuera del término originario del contrato, por cada siete (7) días hábiles de atraso. Las prórrogas en el cumplimiento del plazo contractual, determinarán en todos los casos la aplicación de una multa por mora en el cumplimiento del contrato. Dicha multa será del tres por ciento 3 del valor de lo satisfecho fuera del término originario del contrato, por cada siete 7 dAÂas hábiles de atraso o fracción mayor de tres 3 dAÂas hábiles.
La presentación de muestras solo se exigirá cuando el pliego de bases y condiciones particulares lo establezca. La presentación de muestras, solo se exijaran cuando el pliego de bases y condiciones particulares, lo establezca, debiendo normarse los procedimientos inherentes en el mismo.
Los interesados podrán impugnar el dictamen de evaluación dentro de los cinco 5 días de notificados. Los interesados podrán impugnarlo dentro de los cinco5 dAÂas de notificados.
Una oferta será declarada inadmisible si no se acompaña la garantía de mantenimiento de oferta o si esta es insuficiente en más de un 10%, o si se presentan personas inhabilitadas o suspendidas para contratar con el estado nacional. Será declarada inadmisible la oferta en los siguientes supuestos: a que no se acompaA±are la garantAÂa de mantenimiento de oferta o no se lohiciera en forma debida o la misma fuera insuficiente en más de un 10 delmonto correcto.