La Municipalidad de San Miguel de Tucumán llama a Licitación Pública para la adquisición de 10 food trucks nuevos. La presentación de ofertas se realizará hasta el 31 de marzo de 2026 a las 10:00 hs en la Dirección General de Compras y Contrataciones, ubicada en 9 de Julio 576. La apertura de ofertas se llevará a cabo en la misma fecha y lugar. Se requiere el pago de derechos de oficina y la presentación de garantía de oferta. Los oferentes deben cumplir con los requisitos detallados en el pliego de condiciones generales y particulares. Se solicita adjuntar folletería de los productos ofrecidos y, en caso de ser necesario, presentar muestras.
Los elementos a suministrar serán entregados en los lugares indicados, por la dirección de relaciones institucionales e internacionales, debiendo los oferentes consignar en todos los casos el plazo de entrega. En caso de no consignar de manera específica el mismo, se entenderá que es en forma inmediata una vez recibida la orden de compras yo. provisión.
La Municipalidad no efectuará al adjudicatario pagos anticipados. Los mismos se concretarán mediante libramiento que se extenderá contra la tesorería general de la municipalidad de san miguel de tucumán, una vez provistos los bienes yo servicios adjudicados y recibidos de conformidad por el servicio administrativo correspondiente.
En caso de licitaciones públicas los proponentes deberán garantizar su oferta con el 10 diez por ciento sobre el valor total de la misma, la que deberá acompañarse con la propuesta. El adjudicatario integrará la garantía del contrato, que consistirá en el 20 veinte por ciento sobre el valor total de la adjudicación, dentro de los 3 tres días hábiles posteriores de quedar firme el acto administrativo de la adjudicación.
La preadjudicación recaerá siempre en la propuesta más conveniente, entendiéndose por ello, aquella cuyos renglones cotizados sean los de más bajo precios en igualdad de condiciones y calidad.
No podrán ser oferentes por si o por interpósitas personas: los que se hallen en estado de inhibición de sus bienes; los sometidos a procesos judiciales de quiebra; los que sean deudores de la municipalidad por cualquier tributo yo tasa; los que no hubiesen cumplido satisfactoriamente con anterioridad, contratos con reparticiones nacionales, provinciales o municipales; los que desempeñen cargos rentados u honorarios en la administración municipal, provincial o nacional; los que no sean contribuyentes de la arca; los condenados con sentencia judicial; las sociedades yo personas físicas a las que se les haya rescindido un contrato celebrado con este municipio, por causa imputables a ellas a consecuencia de contratos celebrados en los últimos 5cinco años.
Si el error es denunciado o advertido después de la adjudicación, se dejará sin efecto la adjudicación, revocándose la resolución dictada, con la pérdida del 2 dos por ciento del valor adjudicado. Vencido el plazo sin que los elementos fueran entregados o los servicios prestados, el contrato quedará rescindido de pleno derecho, sin necesidad de intimación o interpelación alguna, judicial o extrajudicial, quedando la municipalidad facultada a dictar la declaración formal de rescisión y aplicar las penalidades correspondientes, ejecutando la garantía de contrato.
La municipalidad se reserva el derecho de solicitar muestras de los artículos que considere necesarios, los artículos presentados como muestra quedarán a disposición del proponente para su retiro hasta un mes después de realizada la adjudicación, pasando a ser propiedad de la municipalidad sin cargo, las que no fueran retiradas en este plazo.
Los oferentes podrán formular sus observaciones dentro de los dos días hábiles siguientes a contar del vencimiento del plazo de exhibición del dictamen de preadjudicación. Los demás proponentes, en un plazo de dos días hábiles podrán impugnar el acto administrativo de adjudicación.