La Administración General de Vialidad Provincial de Santa Cruz llama a Licitación Pública N° **** para la adquisición de un semirremolque con capacidad mínima de 28 tn. y un semirremolque batea vuelco trasero con capacidad mínima de 25 m3. El presupuesto oficial es de ****,00. La apertura de ofertas será el 16 de junio de 2026 a las 10:00 hs. en la Supervisión General de Contrataciones. Se requiere la presentación de documentación técnica, especificaciones, catálogos y folletos. El plazo de entrega es de 30 días. La validez de la oferta es de 30 días hábiles. La forma de pago es dentro de los 30 días de recibida la conformidad de la unidad. Se exige inscripción vigente en el Registro de Proveedores de Santa Cruz.
El plazo de entrega no podrá superar los treinta (30) días. El plazo de entrega: el plazo no podrá superar el plazo establecido en el formulario cotización.
El pago será cancelado dentro de los treinta (30) días de recibida la conformidad de la unidad. Forma de pago: dentro de los treinta 30 días de recibida la conformidad de la unidad.
Se requiere una garantía de funcionamiento de un (1) año, sin límite de kilometraje por defecto constructivo o fallas. Garantía de funcionamiento: los proponentes establecerán en sus ofertas el plazo de garantía de buen funcionamiento y conservación de la unidad que cotice, el cual no podrá ser menor a 1 un año, sin límite de kilometraje.
La preadjudicación se realizará en favor de la oferta más conveniente, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones. La preadjudicación deberá realizarse en favor de la oferta más conveniente para el organismo contratante, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones de la oferta.
Es obligatoria la inscripción vigente en el Registro Único de Proveedores de la Provincia de Santa Cruz en el rubro objeto del llamado. Es obligatoria la inscripción vigente en el registro único de proveedores de la provincia de santa cruz en el rubro objeto del llamado art. 12o y art. 126o inc. c del reglamento de contrataciones del estado.
El incumplimiento de las obligaciones contractuales puede acarrear multas, pérdida de garantía, suspensión o inhabilitación. Las sanciones de apercibimiento, suspensión o inhabilitación, alcanzarán a las firmas respectivas e individualmente a sus componentes.
Los interesados podrán formular impugnaciones a la preadjudicación dentro del plazo que se fije en las cláusulas particulares, que no podrá ser inferior a tres (3) días. Los interesados podrán formular impugnaciones a la preadjudicación dentro del plazo que se las fije las cláusulas particulares, el que no podrá ser inferior a tres 3 días a contar desde el vencimiento del término fijado para los anuncios.
El incumplimiento de la obligación de inscripción en el registro de proveedores, la omisión de documentación requerida o la falta de firma en las propuestas pueden ser causales de desestimación de la oferta. El incumplimiento será causal de desestimación de la oferta, según el art. 3o, inc. d de las cláusulas generales.
El presupuesto oficial es de ****,00. Presupuesto oficial: ****, 00.