Contratación de servicio de provisión de viandas para residentes del Instituto Nacional de Enfermedades Respiratorias Dr. Emilio Coni. Modalidad: Orden de compra abierta. Las ofertas se presentan electrónicamente en comprar. gob. ar. Las consultas deben realizarse hasta 3 días antes de la presentación de ofertas. La presentación de la declaración jurada de intereses es obligatoria. El plazo de mantenimiento de la oferta es de 60 días. La adjudicación se realizará a la oferta más conveniente. El plazo de pago es de 30 días corridos a partir de la recepción definitiva. El plazo de prestación del servicio es de 12 meses. Se requiere la contratación de personal con discapacidad.
El adjudicatario deberá realizar el servicio objeto de la presente licitación privada a requerimiento del instituto solicitante y durante un plazo de 12 doce meses contados desde la fecha de perfeccionamiento del documento contractual.
El plazo para el pago de las facturas será de treinta 30 días corridos contados a partir otorgada la correspondiente recepción definitiva. Se establece que la moneda en que se efectuará el pago de la presente licitación privada será en pesos.
La garantía de mantenimiento de oferta debe ser del 5, 00 sobre el monto total de la oferta. La garantía de impugnación a la evaluación deberá ser del tres por ciento 3 del monto de la oferta del renglón o los renglones en cuyo favor se hubiere aconsejado adjudicar el contrato.
La adjudicación se realizará a favor de la oferta más conveniente para esta administración nacional, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones de la oferta.
Para resultar adjudicatario el oferente deberá estar dado de alta en el padrón único de entes del sistema de informacion financiera que administra la secretaría de hacienda dependiente del ministerio de economía, de conformidad con la normativa vigente en la materia.
Los oferentes, adjudicatarios o cocontratantes serán pasibles de las sanciones establecidas en el artículo 29 del decreto delegado no **** y sus modificatorios y complementarios, cuando incurran en las causales reguladas en el reglamento aprobado por el decreto no ****.
Se podrá impugnar el dictamen de evaluación dentro de los tres 3 días contados a partir del día hábil siguiente al de su notificación, integrando la garantía regulada en el artículo 78 del reglamento aprobado por el decreto ****.
La omisión de presentar la declaración jurada de intereses podrá ser considerada causal suficiente de exclusión del procedimiento correspondiente.