El llamado a licitación tiene por objeto la adquisición de insumos descartables para el servicio de farmacia. Las ofertas se presentarán electrónicamente a través del sistema Comprar Mendoza. Se requiere garantía de mantenimiento de oferta del 1% del valor total. La entrega de los insumos debe realizarse en el depósito de farmacia del hospital, de lunes a viernes de 08:00 a 13:00 hs. El plazo de pago es de 30 días corridos desde la presentación de la factura o recepción definitiva de los bienes. Se requiere la presentación de habilitación de droguerías y el número de registro de producto médico. Las muestras pueden ser requeridas. El acto de apertura es el 30/12/2025 a las 09:00 hs.
El pliego indica que los insumos deberán ser entregados en el servicio de farmacia del hospital notti, en el horario de 8: 00 a 14: 00 horas.
El pliego indica que se establece como forma de pago las condiciones del art. 29 del pliego de condiciones generales y el art. 153 del **** dentro de los 30 días corridos de presentacion de factura o recepcion definitiva de los bienes o servicios.
El pliego indica que los proponentes deberán constituir garantía de mantenimiento de oferta equivalente al uno por ciento 1 del valor total de la oferta.
El pliego indica que se efectuará el análisis por renglón de aquellas ofertas cuyos oferentes fueron admitidos, y se analizará la conveniencia de las mismas, teniendo en cuenta los criterios establecidos en los pliegos y en concordancia con el art. 149 de la ley de administración financiera ****.
El pliego indica que las droguerías, distribuidoras, fabricantes yo importadores que comercialicen productos médicos contemplados en el decreto nacional n **** y resolución n **** del ministerio de salud y acción social de la nación, deberán presentar la habilitación vigente de la autoridad sanitaria correspondiente.
El pliego indica que la comisión de preadjudicación podrá requerir la presentación de muestras o información técnica adicional que faciliten o completen el estudio de la oferta de los renglones que considere necesario, con posterioridad al acto de apertura, conforme a lo determinado en el art. 10 del pliego de condiciones generales.