ARGENTINA
143/000 - Agencia Nacional De Promoción De La Investigación, El Desarrollo Tecnológico Y La Innovación
Seguros Medicos
Contracion de servicio de cobertura de salud - profocaid - segundo llamado - prestamo bcie ****
contratación de un servicios de cobertura de salud profocaid segundo llamado servicio de cobertura de salud profocaid
AI helper
El contrato tendrá una duración de nueve 9 meses contados a partir del inicio efectivo de la cobertura, y en ningún caso podrá extenderse más allá del 19 de diciembre de 2026, fecha de finalización prevista para la operación de crédito del bcie.
El pago de las facturas se efectuará por transferencia bancaria a través de banco de plaza, con acreditación de fondos en cuenta abierta a nombre del adjudicatario, dentro de los treinta 30 días de presentadas las facturas correspondientes en la dirección general de financiamiento externo y local de la agencia nacional de promoción de la investigación, el desarrollo tecnológico y la innovación de manera electrónica.
Los oferentes deberán constituir a favor de la agencia nacional de promoción de la investigación, el desarrollo tecnológicoy la innovación cuit n **** una garantía de mantenimiento de oferta, en un todo de conformidad con los artículos 78 apartado a y 79 del reglamento del régimen de contrataciones de la administración nacional, aprobado por el decreto n **** y sus modificatorios y los artículos 18 inciso i apartado 1, 45 y 46 del pliego único de bases y condiciones generales aprobado por disposición de la oficina nacional de contratacionesn **** y sus modificatorias. El monto de la garantía de mantenimiento de la oferta será del cinco por ciento 5 del monto total de la oferta. El monto de la garantía de cumplimiento del contrato será del diez por ciento 10 del monto del contrato.
La recomendación de adjudicación recaerá sobre la oferta más conveniente para el organismo contratante, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones de la misma, según lo estipula el artículo 15 del decreto delegado n **** y sus modificatorios.
El oferente deberá tener el alta de beneficiario otorgado según disposiciones n 40 de la contaduría general de la nación c. g. n. y n 19 de la tesorería general de la nación t. g. n. .
Los oferentes o cocontratantes podrán ser pasibles de las siguientes penalidades yo sanciones, de acuerdo con lo enunciado por el artículo 102 y 106 del reglamento del régimen de contrataciones de la administración nacional, aprobado por el decreto n **** y sus modificatorios: a penalidades: 1. pérdida de la garantía de mantenimiento de la oferta. 2. pérdida de la garantía de cumplimiento del contrato. 3. multa por mora en el cumplimiento de sus obligaciones. 4. rescisión por su culpa. 5. aquellas establecidas en las especificaciones técnicasb sanciones: 1. apercibimiento. 2. suspensión. 3. inhabilitación.
Se podrá impugnar el dictamen de evaluación dentro de los tres 3 días de notificado, previa integración de la garantía regulada en el artículo 78 inciso d del reglamento del régimen de contrataciones de la administración nacional, aprobado por el decreto n **** y sus modificatorias, y el inciso a del artículo 39 del pliego único de bases y condiciones generales, aprobado por la disposición de la oficina nacional de contrataciones n **** y sus modificatorias.
Apertura de Propuestas:
Lote 1: S. Medico; descripcion: servicio medico