ARGENTINA | Mendoza | EMP PCOS
Dcción. Gral. Obra Social De Emp. Pcos. - O. S. E. P.
Instrumental Quirurgico/ Pediatria
Cajas pediátricas de peek y otros para cirugía neurológica
Adquisición de cajas pediátricas de PEEK y otros materiales para cirugía neurológica. Cajas pediátricas de PEEK y otros materiales para cirugía neurológica.
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Los bienes adjudicados deberán ser entregados libres de gastos de flete, acarreo y embalaje, en el lugar, fecha y hora que se disponga en el pliego de condiciones particulares o en la orden de compra. Si no se indicara el plazo de entrega, el proponente deberá indicarlo en su oferta. De no fijarlo, se entenderá que el cumplimiento debe operarse en un plazo no mayor de treinta 30 días corridos a contar del siguiente a la fecha de notificación de la adjudicación. Si no se indicara el plazo de entrega del o los elementos solicitados, el proponente deberá indicarlo en su oferta.
Los servicios administrativos que realicen pagos ajustarán sus trámites, de manera que los mismos se efectivicen dentro de los treinta 30 días corridos contados desde la fecha de presentación de la factura o de la recepción de los bienes o servicios, el que sea posterior. Los servicios administrativos que realicen pagos ajustarán sus trámites, de manera que los mismos se efectivicen dentro de los treinta 30 días corridos contados desde la fecha de presentación de la factura o de la recepción de los bienes o servicios, el que sea posterior.
Para garantizar el cumplimiento de la entrega de bienes o el contrato, los adjudicatarios deberán constituir una garantía cuyo monto será del cinco por ciento 5 calculado sobre el importe de la adjudicación. Se exigirá al proveedor una garantía mínima de un 1 año sobre el elemento entregado, contra todo defecto de fabricación, material, etc. Para garantizar el cumplimiento de la entrega de bienes o el contrato, los adjudicatarios yo contratistas deberán constituir una garantía cuyo monto será del cinco por ciento 5 calculado sobre el importe de la adjudicación.
La adjudicación recaerá en el o los oferentes cuyas ofertas resulten ser las más convenientes conforme el orden de mérito que resulte de los criterios o pautas de selección previstas por el artículo 149o de la ley **** grilla de puntaje. Se puntuarán con el puntaje máximo a la oferta que, siendo formal y técnicamente admisible, resulte ser la de menor precio. En cualquier caso, la adjudicación recaerá en el o los oferentes cuyas ofertas resulten ser las más convenientes conforme el orden de mérito que resulte de los criterios o pautas de selección previstas por el artículo 149o de la ley **** grilla de puntaje, el cual será establecido por las condiciones particulares de la contratación.
Los oferentes deberán realizar la pre inscripción al sistema de información de proveedores accediendo al portal https:comprarosep. mendoza. gov. ar. No podrán resultar adjudicatarios aquellos oferentes que no cuenten con la inscripción definitiva en el RE. DI. U. P. No podrán resultar adjudicatarios aquellos oferentes que no cuenten con la inscripción definitiva en el RE. DI. U. P.
Las transgresiones en que incurrieran los adjudicatarios los harán pasibles de las sanciones y multas que se disponen en el artículo 154 del decreto **** falta de cumplimiento de las condiciones establecidas en la presente contratación dará lugar a la aplicación de las sanciones establecidas en la reglamentación vigente. Las transgresiones en que incurrieran los adjudicatarios los harán pasibles de las sanciones y multas que se disponen en el artículo 154 del decreto ****.
Las impugnaciones de ofertas y solicitudes de revocación o reconsideración del acto administrativo de adjudicación serán ingresadas por mesa de entradas, formuladas en forma detallada y fundada, previo depósito de garantía por el importe del uno por ciento 1 calculado sobre el monto del presupuesto oficial. En todos los casos, las impugnaciones y solicitudes de revocación o reconsideración serán ingresadas por mesa de entradas, formuladas en forma detallada y fundada, previo depósito de garantía por el importe del uno por ciento 1 calculado sobre el monto del presupuesto oficial, la que deberá constituirse en efectivo en la tesorería de la obra social.
La participación en cualquier grado del oferente o contratista en conductas como cohecho, tráfico de influencias, negociaciones incompatibles, concusión, enriquecimiento ilícito o balances falsos, será causal de rechazo de la propuesta u oferta, o de rescisión del contrato. Se considerará como causal de rechazo de la propuesta u oferta, en cualquier estado de la contratación, yo de rescisión del contrato, la participación en cualquier grado del oferente y/o contratista en las siguientes conductas: a cohecho y tráfico de influencias. . .
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