El objeto de la licitación es la adquisición de bienes y/o contratación de servicios para la Obra Social de Empleados Públicos de la Provincia de Mendoza (OSEP). Se establecen criterios de evaluación financiera, incluyendo solvencia, capital de trabajo, liquidez corriente y endeudamiento, con puntajes asignados según los ratios obtenidos. El precio de la oferta se puntuará con el puntaje máximo a la oferta de menor precio, siendo admisible la oferta alternativa. Se contempla la posibilidad de mejora de precios en casos de ofertas igualmente convenientes con diferencias de cotización menores al 5% o cuando exista un único oferente admisible. La adjudicación se realizará por grupo de renglones, por renglón o fracción, o por el total, reservándose OSEP el derecho de excluir renglones, disminuir cantidades o aceptar/rechazar propuestas. Se permite la ampliación o disminución de hasta un 30% de las cantidades adjudicadas para bienes y servicios. La garantía de adjudicación será del 5% del importe adjudicado y deberá constituirse en un plazo no mayor a cinco días hábiles. Los bienes adjudicados deberán ser entregados libres de gastos de flete, acarreo y embalaje en el lugar, fecha y hora que se disponga. Si no se indica plazo, se entenderá un máximo de 30 días corridos. La facturación deberá cumplir con los requisitos de la AFIP y consignar número y fecha de orden de compra y remito. Los pagos se efectuarán dentro de los 30 días corridos desde la presentación de la factura o recepción de bienes/servicios, lo que sea posterior. Se aplicarán sanciones por transgresiones, multas y incumplimientos. Se priorizará a personas físicas o jurídicas mendocinas (compre mendocino). Se contempla la adecuación de precios en contrataciones de tracto sucesivo y licitación pública por convenio marco, bajo ciertas condiciones. Se establece una cláusula anticorrupción y un canal institucional para denuncias anónimas. Los recursos de impugnación y revocación o reconsideración del acto administrativo de adjudicación requieren un depósito de garantía del 1% del presupuesto oficial. La garantía de los bienes será de un mínimo de 1 año contra defectos de fabricación, incluyendo mano de obra, repuestos y fletes.
Los bienes adjudicados deberán ser entregados libres de gastos de flete, acarreo y embalaje, en el lugar, fecha y hora que se disponga en el pliego de condiciones particulares o en la orden de compra. Si no se indica el plazo de entrega, se entenderá que el cumplimiento debe operarse en un plazo no mayor de treinta 30 días corridos a contar del siguiente a la fecha de notificación de la adjudicación.
Los servicios administrativos que realicen pagos ajustarán sus trámites, de manera que los mismos se efectivicen dentro de los treinta 30 días corridos contados desde la fecha de presentación de la factura o de la recepción de los bienes o servicios, el que sea posterior.
Para garantizar el cumplimiento de la entrega de bienes o el contrato, los adjudicatarios o contratistas deberán constituir una garantía cuyo monto será del cinco por ciento 5 calculado sobre el importe de la adjudicación. La garantía de los bienes será de un mínimo de 1 año sobre el elemento entregado, contra todo defecto de fabricación, material, etc. , salvo estipulación en contrario determinada en el pliego de especificaciones técnicas.
La adjudicación se realizará por grupo de renglones, por renglón o fracción de éste o por el total de los renglones que integran el objeto de la contratación, según sea la modalidad que se indique en las condiciones particulares de la contratación, reservándose el organismo contratante el derecho de excluir los renglones que considere inconvenientes, como también disminuir las cantidades licitadas, pudiendo además aceptar o rechazar en todo o en parte las propuestas, sin que por ello puedan los proponentes reclamar indemnización alguna. En cualquier caso, la adjudicación recaerá en el o los oferentes cuyas ofertas resulten ser las más convenientes conforme el orden de mérito que resulte de los criterios o pautas de selección previstas por el artículo 149o de la ley **** grilla de puntaje.
Los oferentes nacionales deberán realizar la preinscripción al sistema de información de proveedores accediendo al portal https:comprarosep. mendoza. gov. ar. Los proveedores extranjeros, deberán realizar la preinscripción de acuerdo a lo indicado en el párrafo anterior. No podrán resultar adjudicatarios aquellos oferentes que no cuenten con la inscripción definitiva en el RE. DI. U. P.
Las transgresiones en que incurrieran los adjudicatarios los harán pasibles de las sanciones y multas que se disponen en el artículo 154 del decreto **** falta de cumplimiento de las condiciones de entrega establecidas en el presente capítulo dará lugar a la aplicación de las sanciones establecidas en este pliego y reglamentación vigente, sin necesidad de interpelación administrativa previa.
Las impugnaciones de ofertas serán resueltas conjuntamente con la adjudicación. Los recursos que efectúen los oferentes deberán adecuarse en la forma y alcances previstos en la ley de procedimiento administrativo no **** de la provincia de Mendoza.