Contratación directa para la adquisición de monodrogas por el Hospital T. J. Schestakow. Las ofertas se presentan vía electrónica en el sistema compr. ar. Se requiere inscripción en el registro único de proveedores. La evaluación considera menor precio, experiencia, calidad, asistencia técnica y plazo de entrega. Se exige garantía de oferta y cumplimiento. El plazo de entrega es de 7 días desde la orden de compra, con un vencimiento mínimo de 18 meses. Los pagos se realizan dentro de los 30 días de conformidad. Se pueden presentar impugnaciones al acto de apertura y adjudicación.
Los medicamentos deberán ser entregados dentro de los 7 días desde la recepción de la orden de compra.
Los pagos se realizarán dentro de los 30 días de otorgada la conformidad respectiva.
Los adjudicatarios constituirán una garantía de adjudicación por el 5% del valor total de la adjudicación.
El hospital considerará la oferta más conveniente, teniendo en cuenta en primer término el menor precio ofertado, y evaluado esto se atenderá también la experiencia de los oferentes, la calidad de los bienes o servicios ofertados, la asistencia técnica y soporte, los servicios de post venta, el plazo de entrega y cualquier otro elemento relevante.
Los oferentes deberán pre inscribirse en el sistema electrónico de compras compr. ar y estar inscriptos o instar su inscripción en el registro único de proveedores.
En los casos que no se ajustare a la calidad, medida, cantidad, condiciones, establecidas en la presente contratación, los adjudicatarios serán pasibles de las sanciones y multas que se disponen en el artículo 154 del decreto n ****.
Deberán presentar muestras físicas de insumos a entregar en el acto de apertura de los siguientes renglones, solo en caso de que el producto presentado sea nuevo, o nunca la institución lo haya elegido o no cuente con un antecedente para la comparación.
Los oferentes y terceros interesados deberán impugnar el pliego, dentro de los dos 2 días hábiles administrativos de adquiridos los mismos.
Se considerarán rechazadas las ofertas que no observen los recaudos de forma y contenido previstos en el artículo 3o. Es insubsanable y dará lugar al rechazo de la oferta, la omisión de escanear y anexar en el sistema el archivo que contiene la garantía de oferta debidamente constituida y firmada.