Licitación pública para la adquisición de indumentaria de trabajo. La adjudicación se realizará por grupo de renglones, renglón o total, considerando precio y solvencia económica. Se aplica mejora de precios si las ofertas difieren en menos del 5%. Garantía de adjudicación del 5% del importe. Pago dentro de los 30 días desde la factura o recepción. Entrega libre de gastos de flete. Se prioriza la compra local mendocina. Las ofertas se presentan electrónicamente a través del sistema COMPRAR.
El plazo de entrega se indica en el pliego de condiciones particulares u orden de compra. Si no se indica, se entiende que debe ser en un plazo no mayor a 30 días corridos desde la notificación de la adjudicación: se entenderá que el cumplimiento debe operarse en un plazo no mayor de treinta (30) días corridos.
El pago se efectiviza dentro de los 30 días corridos desde la presentación de la factura o la recepción de los bienes, lo que sea posterior: se efectivicen dentro de los treinta (30) días corridos contados desde la fecha de presentación de la factura o de la recepción de los bienes o servicios.
Se debe constituir una garantía de adjudicación del 5% del importe de la adjudicación, en un plazo no mayor a 5 días hábiles desde la notificación: deberán constituir una garantía cuyo monto será del cinco por ciento (5%) calculado sobre el importe de la adjudicación.
Se puntuará con el puntaje máximo a la oferta de menor precio, y las demás se puntuarán por proporcionalidad. También se evalúan ratios económicos y financieros: se puntuará con el puntaje máximo a la oferta que. . . resulte ser la de menor precio.
Las transgresiones de los adjudicatarios los harán pasibles de sanciones y multas según el artículo 154 del decreto 1000/2015: las transgresiones en que incurrieran los adjudicatarios los harán pasibles de las sanciones y multas que se disponen en el artículo 154 del decreto 1000/2015.
La participación en conductas como cohecho, tráfico de influencias, concusión, enriquecimiento ilícito, balances falsos, será causal de rechazo de la oferta: se considerará como causal de rechazo de la propuesta u oferta. . . la participación en cualquier grado del oferente. . . en las siguientes conductas.