Contratación directa por exclusividad para el mantenimiento y soporte de los sistemas SIGA y AIEL por 12 meses. El servicio incluye atención de incidentes y consultas, actualizaciones, y desarrollo de requerimientos del Anexo B. Se abonará en 12 pagos mensuales iguales. Se requiere inscripción en SIPRO y presentación de oferta electrónica en COMPR. AR. La apertura de ofertas es el 07/10/2026 a las 10:00 hs.
El servicio se prestará en forma inmediata desde el perfeccionamiento del documento contractual, por un plazo de doce (12) meses consecutivos desde el perfeccionamiento de la orden de compra.
El servicio se abonará en doce (12) pagos iguales y consecutivos facturándose a mes vencido. El pago se realizará dentro de los treinta (30) días corridos desde la fecha de la conformidad de la factura.
En el caso de que el monto de la oferta no supere el monto de **** módulos equivalente a la suma de pesos cuarenta millones (****) su presentación no es obligatoria. La garantía de cumplimiento del contrato será del diez por ciento (10%) del monto total de la orden de compra.
La adjudicación recaerá en favor de la oferta más conveniente para el organismo conforme lo establecido en el artículo 15 del decreto delegado n **** y sus modificatorios.
Será requisito estar inscripto y con los datos actualizados cuando se emita el dictamen de evaluación de las ofertas. Los oferentes extranjeros estarán exceptuados de la obligación de inscripción en SIPRO/COMPR. AR.
Si la adjudicataria incurre en retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, el organismo podrá aplicar una penalidad por cada día de atraso, calculada sobre el monto del pago mensual correspondiente al servicio afectado. La penalidad acumulada no podrá superar el equivalente al cincuenta por ciento (50%) del monto del contrato vigente.
Será declarada inadmisible aquella oferta que, al momento de ser presentada, no cumpla con la garantía de mantenimiento de oferta o constancia de haberla constituido. La no presentación de la descripción técnica es requisito esencial no subsanable.