ARGENTINA | Santa Fe | ROSARIO Ciudad Mediana
Municipalidad De Rosario
Distribuidoras
Cag 172 drogas cardiológicas y cardiovasculares normatizadas.
Licitación de medicamentos, drogas puras y productos farmacéuticos básicos.
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El pliego indica que la entrega de los productos adjudicados deberá hacerse efectivo dentro de los 5 días hábiles, contados a partir de la recepción de la orden de compra por parte del adjudicatario.
El pliego indica que la municipalidad considerará como atributo de calidad la certificación de medicamento libre de gluten, siendo necesario que el oferente informe dicha condición al momento de ofertar. y que la municipalidad evaluará si son convenientes o no en el momento de adjudicar.
El pliego indica que las empresas que realicen meramente actividades de comercio, compra y venta de especialidades medicinales tales como droguerías o distribuidoras, deberán contar con habilitación de la autoridad sanitaria provincial pertinente. y que las empresas importadoras, fabricantes, droguerías o distribuidoras de especialidades medicinales con destino al tránsito interprovincial que quieran cotizar los mismos, deberán contar con la habilitación correspondiente de la anmat para dicho fin.
El pliego establece que cuando un proveedor incurra en incumplimiento de una orden de compra, vencido el plazo de entrega previsto en el artículo 9, será intimado a tal efecto por un plazo perentorio e improrrogable de 48 hs hábiles de recepcionada la notificación. Si al vencimiento de este plazo, el adjudicatario no hubiere efectivizado la entrega de los productos adjudicados y no justificares su incumplimiento con una causa originada con posterioridad a la presentación de su oferta y que la misma no le sea imputable, será pasible de la aplicación de una sanción de multa del 5% del monto total del ítem incumplido.
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