Contratación del servicio integral de limpieza para el Hospital Arturo Illia por 12 meses. Incluye limpieza, jardinería y técnico en higiene y seguridad. La oferta se presenta electrónicamente en comprar. mendoza. gov. ar. La visita técnica es obligatoria el 9 de octubre de 2026 a las 11 hs. Se requiere garantía de oferta y de impugnación. La evaluación considera antecedentes, capacidad económica, ODS, calidad y oferta económica. El pago es mensual mediante transferencia bancaria.
El plazo de contratación es de 12 meses desde la efectiva prestación del servicio, según el artículo 2: el plazo de contratación correrá desde la efectiva prestación del servicio, por el término de 12 doce meses.
El pago se realiza mediante transferencia bancaria, según el artículo 18: el mismo se ejecutará mediante transferencia bancaria a la cuenta designada por el adjudicatario.
Se requiere garantía de oferta y de impugnación. La garantía de impugnación es del 0,5% del total de la oferta, según el artículo 23: una garantía por dicha impugnación la que será equivalente al 0, 5 del total de la oferta del proveedor.
Se adjudica al mayor puntaje según grilla de evaluación, que incluye antecedentes, capacidad económica, ODS, calidad y oferta económica. La oferta económica tiene el mayor peso: se asignará el mayor puntaje sesenta 60 puntos a la oferta que. . . resulte ser la de menor precio.
Los oferentes deben preinscribirse en el sistema COMPR. AR y estar inscriptos en el Registro Único de Proveedores, según el artículo 3: los oferentes deberán preinscribirse en el sistema electrónico de compras compr. ara los fines de formular la ofertas.
Se aplican multas por incumplimientos, según el artículo 22: por la suspensión total o parcial de la prestación del servicio. . . una multa equivalente a tres 3 días de facturación.
La visita es obligatoria, según el artículo 5: los oferentes tienen la carga de realizar la visita al lugar donde se prestarán los servicios. Se realizará el 9 de octubre de 2026 a las 11 hs en el predio del hospital.
Para impugnar la adjudicación se debe constituir una garantía del 0,5% de la oferta, según el artículo 23: todo proveedor que formalice la impugnación del acto administrativo de adjudicación deberá constituir al momento de hacerlo, una garantía.
La falta de confirmación de la oferta electrónica es causal de rechazo, según el artículo 7: será causal de rechazo la falta de confirmación de la oferta electrónica, a través del sistema comprar. También la falta de presentación de la estructura de costos.