Documentos adicionales requeridos: preinscripción en COMPR. AR, inscripción en el Registro Único de Proveedores, garantía de oferta (artículo 15 del pliego de condiciones generales de la provincia de Mendoza), declaración jurada de conocimiento del pliego, estructura de costos (valores y porcentajes), estados contables de los dos últimos ejercicios contables, certificado de visita (teléfono de contacto: ****). Criterios de participación: inscripción en el sistema electrónico de compras COMPR. AR, estar inscripto o en proceso de inscripción en el Registro Único de Proveedores. Pasos del proceso: cotización a través del sistema electrónico COMPR. AR, mantenimiento de la oferta por 30 días hábiles, constitución de domicilio especial en Gran Mendoza. Plazo de inicio de servicios: una vez recibida la notificación de la emisión de la orden de compra. Plazo de entrega total de los servicios: 12 meses. Exclusividad para determinado tipo de empresas: no especificado. Cantidad de
agua a tratar: **** m3 o hasta la finalización del año 2025, lo que suceda primero. Provisión de sal: 450 bolsas de 25 kg. Especificaciones de calidad de
agua: ver Anexo II. Dosificación del producto: el oferente deberá hacerse cargo de la correcta dosificación del producto mediante una bomba dosificadora. Muestras del producto: el oferente deberá presentar muestras del producto para realizar el tratamiento de
agua de alimentación para las
calderas. Análisis de
agua: el proveedor se comprometerá a realizar análisis de
agua de alimentación y
agua en el interior de la
caldera según un cronograma. Marca única por renglón: solo se aceptará una única marca como oferta base por renglón. Forma de pago: de conformidad al decreto **** y de acuerdo a disponibilidad financiera y cumplidos todos los requisitos formales exigidos por el hospital. Facturación: solo si se ha entregado el total de los renglones adjudicados. Incumplimiento en la provisión: el hospital central podrá adquirir los insumos o servicios con otra empresa por cuenta y cargo de la firma adjudicataria. Redeterminación de precios: solo en situaciones imprevisibles y temporales que produzcan un impacto en la ecuación económico-financiera del contrato. Cesión del contrato: no podrá asociarse a otra persona física o jurídica, ni ceder total o parcialmente el contrato sin previa autorización expresa y por escrito del hospital. Rescisión del contrato: el hospital central se reserva el derecho de rescindir el contrato sin indicación de causa. Impugnaciones: todo proveedor que formalice la impugnación del acto administrativo de adjudicación deberá constituir una garantía por dicha impugnación. Información adicional: ver anexos I, II, III y IV para detalles específicos.