Licitación pública para la adquisición de bienes y contratación de servicios para la Obra Social de Empleados Públicos de Mendoza (OSEP). Las ofertas se presentan a través del portal comprar. osep. mendoza. gov. ar. Se requiere inscripción en el RE. DI. U. P. de OSEP. El plazo de mantenimiento de ofertas es de 30 días hábiles. Se puede solicitar mejora de precios. La adjudicación se realizará por renglón o grupo. Se puede ampliar o disminuir hasta un 30% las cantidades. La entrega se realizará contra orden de suministro o notificación oficial. Se exige garantía de adjudicación del 5% del monto. El plazo de pago es de 30 días corridos desde la presentación de la factura o recepción de bienes/servicios. Se aplican sanciones por incumplimiento.
Los bienes adjudicados deberán ser entregados libres de gastos de flete, acarreo y embalaje, en el lugar, fecha y hora que se disponga en el pliego de condiciones particulares o en la orden de compra. Si no se indicara el plazo de entrega, el proponente deberá indicarlo en su oferta. De no fijarlo, se entenderá que el cumplimiento debe operarse en un plazo no mayor de treinta 30 días corridos a contar del siguiente a la fecha de notificación de la adjudicación.
Los servicios administrativos que realicen pagos ajustarán sus trámites, de manera que los mismos se efectivicen dentro de los treinta 30 días corridos contados desde la fecha de presentación de la factura o de la recepción de los bienes o servicios, el que sea posterior.
Los adjudicatarios deberán constituir una garantía cuyo monto será del cinco por ciento 5 calculado sobre el importe de la adjudicación. La misma deberá ser constituida en un plazo no mayor a cinco 5 días hábiles administrativos contados a partir de la fecha de notificación de la adjudicación.
La adjudicación se realizará por grupo de renglones, por renglón o fracción de éste o por el total de los renglones que integran el objeto de la contratación, según sea la modalidad que se indique en las condiciones particulares de la contratación, reservándose el organismo contratante el derecho de excluir los renglones que considere inconvenientes, como también disminuir las cantidades licitadas, pudiendo además aceptar o rechazar en todo o en parte las propuestas, sin que por ello puedan los proponentes reclamar indemnización alguna. En cualquier caso, la adjudicación recaerá en el o los oferentes cuyas ofertas resulten ser las más convenientes conforme el orden de mérito que resulte de los criterios o pautas de selección previstas por el artículo 149o de la ley **** grilla de puntaje, el cual será establecido por las condiciones particulares de la contratación.
Los oferentes deberán realizar la pre-inscripción al sistema de información de proveedores accediendo al portal https:comprarosep. mendoza. gov. ar, donde completarán la información requerida en los formularios de pre-inscripción. Los proveedores extranjeros, deberán realizar la pre-inscripción, de acuerdo a lo indicado en el párrafo anterior, donde completarán la información requerida en los formularios de pre-inscripción. Completado el formulario, el proveedor quedará como proveedores preinscriptos, pudiendo así participar de cualquier procedimiento. No podrán resultar adjudicatarios aquellos oferentes que no cuenten con la inscripción definitiva en el RE. DI. U. P.
Las transgresiones en que incurrieran los adjudicatarios los harán pasibles de las sanciones y multas que se disponen en el artículo 154 del decreto **** tales efectos, el mero incumplimiento del proveedor en sus obligaciones contraídas, hará presumir su responsabilidad.
Las impugnaciones de ofertas y solicitudes de revocación o reconsideración serán ingresadas por mesa de entradas, formuladas en forma detallada y fundada, previo depósito de garantía por el importe del uno por ciento 1 calculado sobre el monto del presupuesto oficial, la que deberá constituirse en efectivo en la tesorería de la obra social. Las impugnaciones de ofertas serán resueltas conjuntamente con la adjudicación.
Se considerará como causal de rechazo de la propuesta u oferta, en cualquier estado de la contratación, yo de rescisión del contrato, la participación en cualquier grado del oferente y/o contratista en las siguientes conductas: a cohecho y tráfico de influencias, nacional y transnacional, previstos por los artículos 258 y 258 bis del código penal; b negociaciones incompatibles con el ejercicio de funciones públicas, previstas por el artículo 265 del código penal; c concusión, prevista por el artículo 268 del código penal; d enriquecimiento ilícito de funcionarios y empleados, previstas por los artículos 268 1 y 2 del código penal; e balances e informes falsos agravados, prevista por el artículo 300 bis del código penal.